Madrid (BOCM-20210603-66)
Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 906/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
66

MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Primera
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ELENA CARRASCO MANZANARES, letrada de la Administración de Justicia
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección n.º 1 de lo Social.
Hago saber: Que en el procedimiento 906/2020 de esta Sección de lo Social, seguido
a instancia de DON JUAN JESÚS SALAS ARTACHO frente a ASOCIACIÓN EJERCITO AZUL DE NUESTRA SEÑORA-APOSTOLADO MUNDIAL DE FÁTIMA sobre recurso de suplicación se ha dictado la siguiente resolución:
Desestimando el recurso de suplicación formulado contra la sentencia de instancia que
se confirma en su integridad. Sin costas.
Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al Libro de Sentencias de esta
Sección de Sala.
Expídanse certificaciones de esta sentencia para su unión a la pieza separada o rollo de
suplicación, que se archivará en este Tribunal, y a los autos principales.
Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid.
Hágaseles saber a los antedichos, sirviendo para ello esta misma orden, que contra la
presente sentencia pueden, si a su derecho conviene, interponer recurso de casación para la
unificación de la doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala
de lo Social de Madrid dentro del improrrogable plazo de los diez días laborales inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia de acuerdo con los establecido,
más en concreto, en los artículos 220, 221 y 230 de la LRJS.
Asimismo se hace expresa advertencia a todo posible recurrente en casación para unificación de esta sentencia que no goce de la condición de trabajador o de causahabiente suyo o de
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social o del beneficio reconocido de justicia
gratuita, deberá acreditarse ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso el ingreso en metálico del depósito de 600 euros conforme al art. 229.1 b) de la LRJS y la consignación del importe de la condena cuando proceda, presentando resguardos acreditativos de haber efectuado
ambos ingresos, separadamente, en la cuenta corriente número 2826000000 090620 que esta
Sección Primera tiene abierta en el Banco Santander, sita en el Paseo del General Martínez
Campos 35, Madrid.

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento número 2826000000 090620.

BOCM-20210603-66

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes: