C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210603-10)
Personal control espectáculos públicos –  Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 131

2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.
3. Tal y como establece el apartado cuarto de la Orden de convocatoria, los aspirantes exentos de pago por derechos de examen deberán aportar en el citado plazo los siguientes documentos:
— Las personas desempleadas: certificado de demanda de alta, expedido por los
servicios públicos de empleo, en el que conste que el aspirante figura inscrito
como demandante de empleo con una antigüedad mínima de dos años, referida a
la fecha de publicación de la Orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: certificado acreditativo de tal
condición, expedido por la Subdirección General de Atención al Ciudadano y de
Asistencia a las Víctimas del Terrorismo, del Ministerio del Interior.
De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, no figurarán en la relación definitiva de aspirantes admitidos.
Quinto
Las pruebas se realizarán el día 17 de julio de 2021 en llamamiento único, que se realizará a las 11:30 horas horas en el siguiente lugar:
— Lugar de examen: Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid,
calle Kelsen, número 1, Madrid.
Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad del ejercicio, debiendo el Tribunal Calificador adoptar Resolución motivada a tal efecto.
Los aspirantes habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, pasaporte, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro
de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, deberán de ir provistos de lápiz negro del número dos y goma.
De conformidad con el apartado quinto, punto 3, de la Orden de 10 de febrero, anteriormente citada, la actuación de los aspirantes se iniciará por la letra “A”, según sorteo celebrado en la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.
Sexto

BOCM-20210603-10

Se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador, con la finalidad
de garantizar el normal desarrollo de las pruebas:
1. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no figuren en las relaciones definitivas de admitidos a la convocatoria.
2. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten los documentos originales reseñados en el artículo anterior.
Madrid, a 24 de mayo de 2021.—El Director General de Seguridad, Protección Civil
y Formación, Luis Miguel Torres Hernández.