C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210603-10)
Personal control espectáculos públicos –  Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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B.O.C.M. Núm. 131

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden de 14 de enero de 2009,
de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases generales
de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso
a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el apartado quinto de la Orden de 10
de febrero de 2020, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se convocan pruebas selectivas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control
de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación de los defectos
detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden de 14 de enero de 2009,
de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior anteriormente citada, los aspirantes que
no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador,
sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección
General de Seguridad, Protección Civil y Formación (calle Princesa, número 5, primera
planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin
de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro auxiliar de la
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas (calle Carretas, número 4, de Madrid), así como
en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, antes citada, remitiendo al Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de
Madrid la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.

BOCM-20210603-10

Cuarto