B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210602-1)
Puesto interino –  Orden 173/2021, de 21 de mayo, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Presidencia, adscrito a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, y se prevé la constitución de lista de espera
8 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

Pág. 15

5. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
— Copia del DNI o pasaporte.
— Copia de la titulación académica exigida para acceder al Cuerpo correspondiente.
A tales efectos, se señala que la titulación exigida para acceder al Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid es el título de Grado o Licenciado en Derecho,
o estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.
— Copia de la documentación acreditativa de los méritos valorables.
6. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá ni será tenida en
cuenta, a efectos de baremación, ninguna otra documentación que pudiera ser aportada por
los candidatos, siendo susceptibles de valoración únicamente aquellos documentos que hayan sido entregados en dicho plazo.
Tercero
Tribunal de Selección
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y en la Disposición Transitoria
Cuarta del Decreto 50/2001, de 6 de abril, el Tribunal de Selección es el que figura en la
Resolución del Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia de fecha de 28
de abril de 2021.
Cuarto
Procedimiento
1. La selección de los aspirantes, tanto para cubrir el puesto de trabajo convocado
como para integrar la lista de espera, se realizará con arreglo al baremo que figura en el
Anexo a la presente Orden.
2. Los empates serán dirimidos de acuerdo con los criterios establecidos por el Tribunal con carácter previo a la baremación, conforme al artículo 12.7 del Decreto 50/2001,
de 6 de abril.
3. Finalizada la baremación, el Tribunal de Selección publicará en la Oficina de
Atención al Ciudadano, en los tablones de anuncios de la Consejería de Presidencia y en la
página web de la Comunidad de Madrid la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida por
cada uno de ellos.
4. Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para formular las alegaciones
que estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 82 en relación con el artículo 33 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto
1. Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal de Selección formalizará la lista
definitiva incluyendo la puntuación obtenida y la elevará al órgano competente para resolver la adjudicación.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al
Cuerpo de que se trate o, en su caso, para el desempeño del puesto de trabajo, del candidato que hubiera obtenido la máxima puntuación, el titular de la Consejería dictará la resolución de adjudicación de los puestos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
No podrán adjudicarse puestos de trabajo a aquellos aspirantes que previamente hayan
resultado adjudicatarios de otros correspondientes al mismo Cuerpo, que tengan asignado
un nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto convocado. Previamente a la adjudicación definitiva se comprobará el cumplimiento de este requisito por la Dirección General de Recursos Humanos.
2. Si el candidato que resultase adjudicatario renunciase a su nombramiento como
funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, se dictará nue-

BOCM-20210602-1

Adjudicación