C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210531-29)
Plan de inspección sanitaria –  Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 128

1.4.12. Programa de control de la producción de plasma rico en plaquetas (PRP).
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la producción
de PRP.
— Comprobar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple la normativa vigente, incluida la prohibición de su publicidad.
1.4.13. Programa de evaluación de las Unidades de radiofarmacia.
Objetivos:
— Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las Unidades de radiofarmacia en la Comunidad de Madrid y su adecuación a la normativa vigente.
— Supervisar la adecuada gestión de los radiofármacos, en lo relativo a su adquisición, conservación, preparación y control.
1.4.14. Programa de control de pautas de venta inusuales de medicamentos por las
entidades de distribución.
Objetivos:
— Verificar que los distribuidores mayoristas controlan e investigan pautas inusuales
en sus ventas de medicamentos y especialmente de los medicamentos susceptibles
de desvío o uso indebido.
— Verificar las comunicaciones de sospecha de uso indebido o desvío a la autoridad
sanitaria competente por parte de dichos distribuidores mayoristas.
— Gestionar la información facilitada por las entidades de distribución para el control de las pautas de venta inusuales.
1.4.15. Programa de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) en estudios no clínicos.
Objetivo:
— Verificar el cumplimiento de normas BPL en los laboratorios que realizan estudios no clínicos y comprobar que estos estudios se realizan conforme a dicha normativa.
1.4.16. Programa de control de la distribución e intermediación de medicamentos
de uso humano y de los principios activos para su fabricación.
Objetivos:
— Verificar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de medicamentos
de uso humano.
— Verificar el cumplimiento de la normativa relativa a la distribución e importación
de principios activos para la fabricación de medicamentos de uso humano.
1.4.17. Programa de inspección y control de la publicidad de medicamentos y productos sanitarios.
Objetivos:
— Vigilar que la publicidad de medicamentos, en todas sus modalidades, cumpla con
las exigencias legales establecidas.
— Verificar que la información y promoción de medicamentos dirigida a los profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos está de acuerdo con
la información técnica y científica autorizada y es rigurosa, bien fundada y objetiva, no induce a error y se ajusta a la ficha técnica.
— Planificar la visita médica de forma que no obstaculice la atención a pacientes ni
actividades formativas o de investigación de los profesionales sanitarios, para lo
que se solicitará a los centros sanitarios la actualización de su oferta de horarios
para esta actividad.
— Comprobar que los medios audiovisuales o de cualquier otra naturaleza que actúan como soportes válidos de publicidad de medicamentos se dirigen exclusivamente a profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos y tienen carácter científico o profesional y que, en los financiados por laboratorios
farmacéuticos o entidades relacionadas con los mismos, se especifica esta circunstancia.

BOCM-20210531-29

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