C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210528-21)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares (CESPA, S. A.), Servicio de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Urbanos de Colmenar Viejo (código número 28014321012008)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 126

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CESPA, S.A. (COMPAÑÍA ESPAÑOLA
DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES) Y SUS TRABAJADORES, ADSCRITOS
AL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESiDuOS URBANOS
DE COLMENAR VIEJO (MADRID) 2021–2026
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 1.- PARTES QUE CONCIERTAN EL CONVENIO COLECTIVO
El presente Convenio Colectivo ha sido suscrito por las siguientes representaciones de la Dirección de la Empresa COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A.
(CESPA, S.A.) y de otra por la Representación Legal de los Trabajadores adscritos a la contrata
correspondiente al Servicio de Limpieza Pública Viaria y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos
de Colmenar Viejo.
Siendo la identificación de cada parte la siguiente:
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
José Antonio Gallardo Cubero
Victorio Francisco Tato
Mariano Hoya García
POR LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES (RLT) DEL SERVICIO DE
LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS DE COLMENAR VIEJO, MADRID:
D. Pedro Fernandez Sanchez (UGT)
D. Francisco Sandoval Gago (UGT)
D. Javier Chacón Escudero (UGT)
Las partes firmantes de este acuerdo tienen y se reconocen legitimación y capacidad suficiente, para suscribir el presente convenio colectivo dentro de su ámbito de aplicación; obligando por
tanto a todos/as los/as empresarios/as y trabajadores/as en él incluidos/as y durante todo el tiempo
de su vigencia.”
ARTÍCULO 2 - ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todo el personal que preste sus servicios
adscrito al servicio de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos en el centro de
trabajo establecido en Colmenar Viejo (Madrid) para la empresa CESPA S.A., adjudicataria del
referido servicio de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos del Ayuntamiento de
Colmenar Viejo
ARTÍCULO 3 – VIGENCIA.
El presente convenio tendrá una duración de seis años, desde el día 1 de enero de 2021 hasta
el 31 de diciembre de 2026.
Dicho convenio quedara denunciado automáticamente a la finalización del mismo.
A la finalización de su vigencia, el Convenio será prorrogado en sus propios términos, hasta
que no sea firmado otro Convenio Colectivo.

Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación
práctica; serán consideradas globalmente en cómputo anual.
En el supuesto de que la Autoridad Laboral no aprobará alguno de los pactos contenidos en el
presente convenio, este convenio quedará sin eficacia práctica; debiendo ser reconsiderado en su
totalidad.

BOCM-20210528-21

ARTÍCULO 4 - VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD.