Estremera (BOCM-20210527-44)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 125

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

ESTREMERA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, el acuerdo definitivo referente a la modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización y prestación de servicios de instalaciones deportivas y piscina,
acuerdo que fue aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en su sesión celebrada el día 11 de enero de 2021.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, ello en consonancia con
lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, habiéndose publicado el
correspondiente anuncio de exposición el día 8 de marzo de 2021, en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 56 del año 2021, y habiéndose expuesto el referido
acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Estremera, tal y como previene el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se hace público el acuerdo elevado a definitivo, cuya trascripción literal se describe
a continuación:
“ÚNICO.—MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA TASA POR UTILIZACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PISCINA

BOCM-20210527-44

Dada cuenta de la propuesta realizada por la señora alcaldesa-presidenta, así como el
expediente tramitado al efecto referente a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por utilización y prestación de servicios de instalaciones deportivas y piscina, proponiéndose suprimir el servicio de la iluminación de pista de en su totalidad, es decir la hora
y el bono, y modificándose el importe resultante de la tarifa a aplicar por el importe de la tasa
del bono de diez usos de la pista de pádel, pasando a ser el referido importe de 40 euros:
Se acuerda por unanimidad de los presentes, habiendo asistido cinco miembros de los
nueve que forman el pleno de este Ayuntamiento de Estremera:
1.o Modificar el artículo 4 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización
y prestación de servicios de instalaciones deportivas y piscina (cuya última modificación fue
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 2 del año 2021),
siendo la modificación siguiente, y resultando el referido artículo 4, una vez realizada la modificación de la siguiente forma:
“Artículo 4.—La cuantía de las tarifas de la tasa serán las siguientes:
4.1. Tarifas por utilización de las instalaciones deportivas.—Cada usuario o grupo
puede alquilar las instalaciones un máximo de dos horas diarias, salvo que en la misma fecha no haya otros peticionarios del servicio.
El alquiler de las instalaciones se efectuará por riguroso orden de petición.