C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210527-17)
Convenio colectivo –  Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Siemens Gamesa Renewable Energy 9Ren, S. L. (Código número 28102181012018)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 125

JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

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II CONVENIO COLECTIVO SGRE 9REN
DISPOSICIONES GENERALES
Son partes firmantes del presente convenio, por un lado, en representación de los trabajadores,
el Comité de Empresa de Siemens Gamesa Energy Renewable 9REN, S.L. (en adelante, “la empresa” o “SGRE 9REN”) y de otro, la Dirección de ésta.
En virtud del Real Decreto Legislativo2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ambas partes se reconocen legitimación para
concertar el presente Convenio, al que le atribuyen expresamente su carácter de convenio estatutario y eficacia general.
En lo no previsto en el presente convenio colectivo serán de aplicación los respectivos convenios colectivos provinciales o autonómicos para la industria siderometalúrgica que correspondan a
los centros afectados.
Quedarán absorbidos y compensados todos los complementos salariales que no estén recogidos en este convenio.
Capítulo I
Ámbito de Aplicación
Artículo 1.- Ámbito personal
Este convenio colectivo afectará a todos los trabajadores adscritos al centro de Madrid de la
empresa Siemens Gamesa Renewable Energy 9REN, S.L.
Artículo 2.- Ámbito temporal
El Convenio Colectivo de SGRE 9REN entrará en vigor a partir de su firma y con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2020, finalizando su vigencia el 31 de diciembre de 2022.
Expresamente se acuerda, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 86.3 ET, que una vez
denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya.
A todos los efectos legales las partes dan por denunciado el presente convenio con fecha de
efectos 31 de Octubre de 2022, comprometiéndose las mismas a constituir la comisión negociadora antes del 30 de noviembre de 2022.
Artículo 3.- Ámbito territorial
El presente Convenio Colectivo regirá en el centro de trabajo ubicado en Madrid de SGRE
9REN, S.L.
Artículo 4. Vinculación a la totalidad y garantías personales
Las condiciones aquí pactadas forman un todo único e indivisible y, a efectos de su aplicación
práctica, se consideran globalmente.
Se mantendrán las condiciones de carácter personal que excedan de las establecidas en el
presente convenio a título estrictamente personal y que sean anteriores a la firma del mismo.
Capítulo II
Clasificación Profesional
Artículo 5.- Sistema de clasificación profesional
Los trabajadores/as serán clasificados en los diferentes grupos profesionales previstos en el
Convenio Colectivo en atención a los conocimientos, capacitación y experiencia necesarios para el
puesto que vayan a ocupar, a la iniciativa y autonomía con que deban realizar su trabajo, al grado
de responsabilidad que asuman y al ejercicio efectivo de mando que desempeñen.
La Clasificación Profesional se efectuará atendiendo fundamentalmente a los criterios generales objetivos que se fijan para la existencia del Grupo Profesional, es decir, aptitudes profesionales,
titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir distintas tareas y funciones representativas, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.

BOCM-20210527-17

La definición funcional y la determinación del Grupo Profesional corresponden a la empresa.