C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210527-18)
Convenio colectivo – Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Gamesa Electric, S. A. U. (Código número 28101921012017)
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 125
beneficiosa para el trabajador, aplicándose para su determinación las reglas del principio de norma
más favorable.
CAPITULO XIV. DISPOSICIÓN FINAL Y DEROGATORIA
Este Convenio se interpretará y aplicará conforme a la legislación vigente en cada momento, por lo
que las partes se comprometen a ajustar su interpretación y contenido a la normativa existente en
cada momento, si resultare necesario.
Artículo 49º. DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
El presente Convenio sustituye a todos los pactos o acuerdos suscritos entre la representación de
los trabajadores referidos a las materias contenidas en el presente Convenio, los cuales quedan
derogados.
Por tanto, a partir de la entrada en vigor de este Convenio, las condiciones laborales de la plantilla
se regirán por lo dispuesto en él, así como por las demás normas que resulten de obligado
cumplimiento.
En San Fernando de Henares a 25 de febrero de 2020
BOCM-20210527-18
(03/17.297/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 206
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JUEVES 27 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 125
beneficiosa para el trabajador, aplicándose para su determinación las reglas del principio de norma
más favorable.
CAPITULO XIV. DISPOSICIÓN FINAL Y DEROGATORIA
Este Convenio se interpretará y aplicará conforme a la legislación vigente en cada momento, por lo
que las partes se comprometen a ajustar su interpretación y contenido a la normativa existente en
cada momento, si resultare necesario.
Artículo 49º. DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
El presente Convenio sustituye a todos los pactos o acuerdos suscritos entre la representación de
los trabajadores referidos a las materias contenidas en el presente Convenio, los cuales quedan
derogados.
Por tanto, a partir de la entrada en vigor de este Convenio, las condiciones laborales de la plantilla
se regirán por lo dispuesto en él, así como por las demás normas que resulten de obligado
cumplimiento.
En San Fernando de Henares a 25 de febrero de 2020
BOCM-20210527-18
(03/17.297/21)
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ISSN 1989-4791