Valdemorillo (BOCM-20210526-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 26 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 124

— Organización, seguimiento y participación en las actividades que se realicen en el
área.
— Información de todas las actividades que se organizan desde el Ayuntamiento dirigidas a los niños y jóvenes del municipio.
— Seguimiento administrativo e individualizado de todas las actividades.
— Elaboración de los carteles publicitarios para la difusión de las actividades programadas.
— Mantenimiento y actualización de redes sociales y correo electrónico de la concejalía.
— Recaudación de cuotas correspondientes a las actividades.
Tercera. Sistema selectivo
El sistema selectivo es el de concurso-oposición.
Cuarta. Normativa reguladora del proceso selectivo
El proceso selectivo se regula por estas bases y serán de aplicación las siguientes normas:
— Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP).
— Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (TRLET).
— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), como norma básica de procedimiento administrativo.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP),
sus normas básicas sobre funcionamiento de órganos colegiados.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de
ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al
servicio de la Administración Civil del Estado (RGI).
— Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se
aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales
de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.
— Demás normas concordantes de general aplicación.

Para ser admitidos en el proceso de selección los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos para el acceso a la función pública.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en ESO, FP I o equivalente.
f) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá tener la credencial que
acredite su homologación.
g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, no padeciendo enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
h) Estar en posesión del título de Monitor de Tiempo Libre, expedida por la Comunidad de Madrid u otra Comunidad Autónoma (Verificable en el Negociado de Escuelas de Ocio y Tiempo Libre de Comunidad de Madrid).
Todos los requisitos enumerados deberán poseerse en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

BOCM-20210526-45

Quinta. Requisitos de los aspirantes