Valdemorillo (BOCM-20210526-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VALDEMORILLO
OFERTAS DE EMPLEO

La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 12 de mayo de 2021, acordó aprobar
las siguientes bases:
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ
EL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN DE TRES PLAZAS
DE MONITOR DE TIEMPO LIBRE COMO PERSONAL LABORAL INTERINO
Primera. Objeto de la convocatoria
El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de tres plazas de Monitor de
Tiempo Libre como personal laboral interino, incluida en la Oferta de Empleo Público 2021, del Ayuntamiento de Valdemorillo, con las retribuciones que les corresponda según Convenio Colectivo de este Ayuntamiento (Grupo C, Subgrupo 2).
El puesto de trabajo se adscribe orgánicamente a la Concejalía de Juventud, en jornada completa y en el horario definido por la propia Concejalía, teniendo en cuenta la variedad de actividades en los que serán requeridos, por ello los aspirantes deberán tener disposición horaria (dentro de los márgenes legales).
La presente provisión responde a necesidades del servicio de carácter urgente e inaplazable para garantizar el buen desarrollo y ejecución de las actividades organizadas por la
Concejalía de Juventud, tales como campamentos programados, así como todas aquellas
actuaciones necesarias para la preparación y organización de cualesquiera otros programas,
actividades, talleres, cursos, etc. que anualmente se planifiquen en dicha Área.
Mediante las presentes Bases se regula asimismo la provisión y formación de una Bolsa de Trabajo para la contratación de dichos/as monitores/as en los casos en que ello resulte necesario a fin de cubrir temporalmente vacantes debido a bajas por cualquier causa o a
cualesquiera otras circunstancias.
La fundamentación para esta contratación de personal laboral se justifica en la necesidad urgente e inaplazable de atender las actuaciones señaladas más arriba para prestación de
los servicios que demandan los/as ciudadanos/as en este municipio en materia de juventud.
La modalidad de contrato será la de contrato indefinido según lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

— Participar de manera activa en la organización y ejecución de las actividades de la
Concejalía de Juventud.
— Participar de manera activa proyectos de dinamización de la información para jóvenes.
— Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo.
— Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación reglada.
— Cualquier otra función acorde a la categoría profesional que le sea encomendada
por los coordinadores.
— Estudio e información de las preferencias e inquietudes de las franjas de población
juvenil.
— Realización de programaciones de actividades.
— Organización de actividades lúdicas de ocio y tiempo libre dirigidas a la población
en general.
— Recogida de documentación, realización y tramitación de los carnés de interés
para los jóvenes.
— Seguimiento y participación en los diferentes campamentos municipales.

BOCM-20210526-45

Segunda. Funciones a desempeñar