Becerril de la Sierra (BOCM-20210524-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 122

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46

BECERRIL DE LA SIERRA
OFERTAS DE EMPLEO

Por resolución de Alcaldía 478/2021, de 12 de mayo, se han aprobado las bases específicas y la convocatoria para la cobertura, en régimen de interinidad, de la plaza de secretario mediante sistema de concurso (expediente número 911/2021), para cubrir la vacante
de este Ayuntamiento según cuanto sigue:
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN
POR CONCURSO DE UNA PLAZA DE SECRETARIO INTERINO
DEL AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA (MADRID)
Primera. Objeto de la convocatoria
Las presentes bases tienen por objeto dar cobertura urgente mediante funcionario interino a la vacante producida en la plaza de secretario, conforme al artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (FHN), al no haberse
podido cubrir con funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional (FHN).
La plaza convocada será de carácter interino, con nivel asimilado al de funcionarios
del grupo A1, con nivel en cuanto a complemento de destino actual 28.
La permanencia como funcionario interino será hasta que la plaza se cubra por un funcionario de habilitación nacional, por alguno de los procedimientos contemplados en el citado Real Decreto 128/2018. De cubrirse la plaza por FHN, se podrá optar entre paralizar
este proceso selectivo o completarlo para tener formada una bolsa de empleo.

Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan, en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
1) Nacionalidad: los aspirantes deberán contar con la nacionalidad española, con las
salvedades previstas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
2) Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que
se deriven del puesto a desempeñar.
3) Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4) Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionarios
con habilitación de carácter estatal. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones
de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: licenciado,
ingeniero, arquitecto o grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

BOCM-20210524-46

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes