D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210522-3)
Convenio –  Convenio de 27 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Porque Viven, para la implantación del Programa de Acompañamiento de los Pacientes en los Centros Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 121

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE MAYO DE 2021

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guridad alimentaria y trastornos adictivos, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Tercero
Que la Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y
Atención al Paciente, fomenta y apoya entre sus actividades aquellas relacionadas con las
fundaciones y asociaciones de pacientes en general que, con su labor, contribuyen a una
mejora de la atención sanitaria y al bienestar de los pacientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.h) del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, a cuyo tenor, corresponde a la citada dirección general “La promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de
la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso
asistencial”.
Cuarto
Que el artículo 2, apartados 1 y 2, del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, define el Servicio Madrileño de Salud como
un ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería
que tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad. Asimismo, el artículo 4.a) del
Decreto 24/2008 recoge, entre los fines del Servicio Madrileño de Salud, la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Quinto
Que la disposición adicional segunda del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, recoge los centros que forman parte del Servicio Madrileño de Salud.
Sexto
Que la Fundación Porque Viven (en lo sucesivo, la fundación) es una entidad privada,
independiente y sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia
estatal con el n.o 28-1728, que de acuerdo con los fines previstos en sus estatutos puede llevar a cabo actividades relacionadas con el voluntariado social, para el apoyo y la mejora de
la calidad de vida de los pacientes pediátricos que requieren cuidados paliativos y sus familias. Esta entidad está llevando a cabo actividades de apoyo y acompañamiento a estos niños y sus familias a través de acciones que permiten el respiro familiar, lúdicas y de ocio
que permiten fortalecer los vínculos familiares.
Séptimo
Que ha sido práctica habitual a lo largo de los años la colaboración de organizaciones
de voluntariado con los hospitales, lo que ha supuesto una importante mejora en la calidad
de vida de los pacientes y que aconseja la instrumentación jurídica a través del presente
Convenio para establecer una colaboración fluida mediante la regulación de las relaciones
entre las partes. Dicha colaboración se ajustará en todo caso a la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid.

Que existe una confluencia en los objetivos de las partes, por lo que se considera de
interés el establecimiento de una colaboración entre las mismas dirigida a promover la humanización de la asistencia sanitaria y normalizar la vida de los pacientes y sus familiares
o allegados durante el proceso de la enfermedad.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio en el ámbito sanitario de acuerdo con las siguientes

BOCM-20210522-3

Octavo