Torrelodones (BOCM-20210521-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

pensiones, o de otras prestaciones económicas periódicas como la RMI u otras). Deberán presentarlo las personas no obligadas a declarar, además del certificado negativo de Hacienda, o aquéllas que tuvieran ingresos adicionales a los recogidos en la
declaración del IRPF, por ejemplo, procedentes de pensiones de alimentos.
Además, podrá adjuntarse junto a la declaración del IRPF en los casos en que se
haya producido una importante variación de la situación económica que haya supuesto una disminución de los ingresos.
9.1.7. Justificantes de pago a su nombre de cualquier gasto subvencionable (gas,
electricidad, agua, comunidad…) por importe, al menos, de la cuantía máxima de la ayuda
(300 euros). En caso de que la suma de los importes de los recibos presentados sea inferior
a 300 euros, la cuantía de la ayuda concedida se reducirá hasta el importe justificado.
9.1.8. Certificado de titularidad catastral de los bienes urbanos de los miembros de
la unidad familiar de convivencia. Sólo deberá presentarse si no se autoriza su consulta.
Al presentar la solicitud, el solicitante autoriza al Ayuntamiento a consultar directamente los datos del padrón de habitantes de su domicilio, la inexistencia de deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento, así como la información catastral correspondientes a
su vivienda. Además, salvo oposición, autoriza la consulta de datos elaborados por otras
Administraciones Públicas que el Ayuntamiento pueda consultar directamente.
9.2. Los solicitantes de ayudas de la modalidad 2 (ayudas para gastos de vivienda habitual en régimen de alquiler) deberán presentar, o en su caso, autorizar la consulta, de la
siguiente documentación:
9.2.1. Modelo normalizado de solicitud (según anexo I-2), debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
9.2.2. DNI o documento acreditativo del solicitante.
9.2.3. Acreditación de la composición de la unidad familiar. Libro de Familia o certificado de nacimiento o documentación que lo sustituya. En su caso, copia del certificado
de defunción o cualquier otro documento válido como medio de prueba de variaciones en
la situación familiar.
9.2.4. En su caso, copia de la sentencia de separación o divorcio (o copia de la sentencia de guarda, custodia y alimentos en el caso de uniones de hecho con hijos reconocidos) y
convenio regulador donde conste la custodia del menor y la pensión compensatoria y/o de alimentos establecida. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de sentencia
presentada ante juzgado o justificante del inicio de las actuaciones. En el caso de menores en
situación de acogimiento por resolución administrativa o judicial, copia de la resolución o certificado del organismo competente y, en su caso, de la remuneración que se perciba.
9.2.5. Anexo II de aceptación de las bases reguladoras, cumplimiento de requisitos
y justificación de ayudas solicitadas o/y obtenidas acompañado, en su caso, de la documentación acreditativa.
9.2.6. Justificantes de ingresos:
— En caso de no autorizar su consulta, declaración de IRPF del año 2020 o certificado de renta (positivo o negativo) expedido por la agencia tributaria de todos los
miembros mayores de 16 años que conformen la unidad familiar. En su caso, además, declaraciones complementarias presentadas correspondientes a 2020.
El solicitante puede autorizar la consulta de esta documentación en la solicitud, y
el resto de miembros de la unidad familiar, rellenando y firmando el Anexo III de
autorización de consulta de datos.
Los mayores de 16 años y menores de 26 que se encuentren cursando estudios reglados y no desarrollen actividad laboral, justificación de los estudios realizados.
— Anexo IV de declaración de ingresos acompañado, en su caso, de la justificación
de los ingresos percibidos (certificado de prestaciones por desempleo, de pensiones, o de otras prestaciones económicas periódicas como la RMI u otras). Deberán presentarlo las personas no obligadas a declarar, además del certificado negativo de Hacienda, o aquéllas que tuvieran ingresos adicionales a los recogidos en
la declaración del IRPF, por ejemplo, procedentes de pensiones de alimentos.
Además, podrá adjuntarse junto a la declaración del IRPF en los casos en que se
haya producido una importante variación de la situación económica que haya supuesto una disminución de los ingresos.
9.2.7. Acreditación del pago de los dos últimos recibos del alquiler.
9.2.8. Justificantes de pago a su nombre de cualquier gasto subvencionable (alquiler,
gas, electricidad, agua, comunidad…) por importe, al menos, de la cuantía máxima de la ayu-

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