Madrid número 13 (BOCM-20210521-128)
Procedimiento 1217/2020
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128

MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Fojón Chamorro, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social
nº 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1217/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. DANIEL CABALLERO DE LA CALLE frente a ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha
dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA 119/2020
En la Villa de Madrid, a seis de abril de dos mil veintiuno.
Vistos por Dña. María del Pilar García de Zúñiga Marrero, Magistrada adscrita como
refuerzo del Juzgado de lo Social nº 13 de esta capital, los presentes autos seguidos por Despido y Cantidad entre D. DANIEL CABALLERO DE LA CALLE, como demandante,
asistido en el procedimiento por la Letrada Sra. García- Abad, y como demandada la empresa ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S.L., que dejó voluntariamente de
comparecer en el procedimiento, habiendo sido citada en forma, habiendo sido citado el
Fondo de Garantía Salarial.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.—Con fecha 06.11.2020 se presentó demanda que, previo turno de reparto, tuvo
entrada en este Juzgado de Refuerzo el siguiente día 12, admitiéndose a trámite mediante
posterior Decreto de fecha 11.12.2020, y convocándose a las partes para la celebración de
los preceptivos actos de conciliación y juicio el siguiente día 06.04.2021.
En la mencionada fecha se celebró el acto de la Vista con la sola presencia de la parte
demandante, sin comparecer a la misma ni la Empresa demandada ni el Fogasa pese a constar en los autos su citación en legal forma.
La defensa del demandante se ratificó en el contenido y suplico de su demanda, y tras
aportar los medios de prueba que consideró pertinentes para su buen fin, solicitó que se dictase una sentencia estimatoria de sus pretensiones, quedando los autos pendientes de dicha
resolución.

Primero.—El demandante, D. DANIEL CABALLERO DE LA CALLE, ha venido
prestando servicios para ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S.L. desde el día
desde el 10.12.2018, con categoría profesional de montador de sistemas de seguridad en
obras, percibiendo un salario mensual de 1.321,60 euros brutos, con p.p. de pagas extraordinarias (salario diario: 43,45 euros) (contrato de trabajo, nóminas y vida laboral aportados
por el demandante en el acto del juicio).
Segundo.—La relación laboral se instrumentalizó a través de un contrato de trabajo
temporal por obra o servicio determinado cuyo objeto era “montajes de seguridad en obras
de insur 32 viv. En Boadilla”.
Tercero.—El día 02.10.2020 la Empresa demandada procedió a cursar su baja en
TGSS con fecha 14.08.2020.
La empleadora no entregó al trabajador demandante comunicación de la extinción de
la relación laboral ni documento alguno de liquidación y finiquito.
Cuarto.—El actor formula reclamación por los siguientes conceptos: salario del mes
de septiembre (1.170 euros); liquidación vacaciones 2020 (1083,25 euros) y liquidación vacaciones 2019 (1.321 euros).

BOCM-20210521-128

HECHOS PROBADOS