Arganda del Rey (BOCM-20210521-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 120

los Centros que impartan el primer ciclo en el ámbito de la Educación Infantil. Se
debe poseer alguna de las siguientes titulaciones:
d Técnicos Superiores en Educación Infantil (Ciclo formativo de grado superior),
o Técnico Especialista Educador Infantil (módulo de nivel III), o Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional 2.o grado), o Profesionales que estén habilitados por la Administración Educativa para impartir
primer ciclo de Educación Infantil.
d Maestros con la especialidad de Educación Infantil, o Profesor de Educación
General Básica con especialidad de educación preescolar, o Maestros de Primera Enseñanza, o Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación
Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa (Orden Ministerial de 11 de enero de 1996, Anexo 3, “Boletín Oficial del Estado” de 23
de enero de 1996), o Grado en Maestro de Educación Infantil.
d Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d No estar incurso en ninguno de los casos de incapacidad ni incompatibilidad
establecidos en las disposiciones vigentes.
d No estar inscrito/a en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, debiendo
presentar, en el momento de la contratación, certificado negativo tal como
consta en el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, añadido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia (“Boletín Oficial del Estado” número 180 de 29 de julio de 2015), en vigor
desde el 18 de agosto de 2015.
3.2. Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante el proceso selectivo y habrán de acreditarse conforme a lo establecido en estas Bases.
3.3. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con
los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones
correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de
forma que gocen de igualdad de oportunidades.
4. Solicitudes
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria constituye sometimiento expreso a estas Bases.
Plazo de presentación:

Una vez publicadas estas Bases en el boletín correspondiente, el órgano competente
ordenará publicar un anuncio del extracto de la Resolución que apruebe la convocatoria en
el “Boletín Oficial del Estado”.
Las solicitudes para participar en la convocatoria se presentarán dentro del plazo de 20
días naturales siguientes a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.
En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar
el procedimiento, el interesado lo comunicará mediante correo electrónico a la dirección
010@ayto-arganda.es, adjuntando documento en pdf de la solicitud.

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