Madrid número 33 (BOCM-20210521-165)
Ejecución 113/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
165

MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 113/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. CRISTINA POSTIGO VILLAVERDE frente a ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Auto y Decreto de fecha
24/09/2020, Diligencia de Ordenación de fecha 10/11/2020 y Decreto de fecha 23/12/2020,
consistente en error aritmético, en los siguientes términos:
En el Auto de 24/09/2020 donde dice: “Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. CRISTINA POSTIGO VILLAVERDE, frente a la demandada ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L., parte ejecutada, por un principal de 2.422,42 euros, más 145,00 euros y 242,00 euros de intereses y costas calculados
provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación”.
Debe decir: “Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. CRISTINA POSTIGO VILLAVERDE, frente a la demandada ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L., parte ejecutada, por un principal de 5.513,70 euros,
más 330,00 euros y 551,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación”.
En el Decreto de 24/09/2021 donde dice: “En las presentes actuaciones se ha dictado
auto despachando ejecución a favor de D./Dña. CRISTINA POSTIGO VILLAVERDE frente a ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L. por la cantidad de 2.422,42 euros, en concepto de principal y de 387,00 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.
Debe decir: “En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución
a favor de D./Dña. CRISTINA POSTIGO VILLAVERDE frente a ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L. por la cantidad de 5.513,70 euros, en concepto de principal y de
881,00 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.

Debe decir: “REQUERIR a ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L., a fin de que en
el plazo de 10 DÍAS manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que asciende a 5.513,70 euros, en concepto de principal y
de 881,00 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.
En la Diligencia de Ordenación de 10/11/2020 donde dice: “Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 2.421,82 euros y 387,00 euros presupuestados
provisionalmente para intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas
hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al
Fondo de Garantía Salarial para que el término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten”.

BOCM-20210521-165

Y donde dice: “REQUERIR a ZARZAMORA WINNER IBERICA S.L., a fin de que
en el plazo de 10 DÍAS manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución que asciende a 2.422,42 euros, en concepto de principal y
de 387,00 euros, en concepto provisional de intereses de demora y costas”.