A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210520-1)
Programa inversión regional –  Acuerdo de 18 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el plan de gestión de inversiones en desarrollo del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, prorrogado y en fase de terminación y liquidación, para el ejercicio presupuestario 2021, y se autoriza el gasto plurianual de 83.184.143,82 euros para su ejecución
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 119

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Vivienda y Administración Local
ACUERDO de 18 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el plan de gestión de inversiones en desarrollo del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, prorrogado y en fase de terminación y liquidación, para el ejercicio presupuestario 2021,
y se autoriza el gasto plurianual de 83.184.143,82 euros para su ejecución.

La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
regula el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid como instrumento básico de cooperación económica de la Comunidad de Madrid y las Entidades Locales, en materia de obras y servicios, a fin de garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal en el marco de la política social y económica.
Las ayudas incluidas en los planes de cooperación o instrumentos similares son subvenciones, si bien de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional octava de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley 38/2003), se rigen por su normativa específica y de forma supletoria por las disposiciones recogidas en la Ley estatal.
Por otra parte, el artículo 131 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, señala expresamente
que la contratación de las actuaciones incluidas en el Programa podrá realizarse por la Comunidad de Madrid o por las Entidades Locales y que en este último caso será de aplicación la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La normativa autonómica básica reguladora del Programa Regional de Inversiones 2016-2019 fue aprobada por Decreto 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno.
De acuerdo con lo dispuesto en dicho Decreto, tras la correspondiente tramitación con la participación de las entidades locales, se aprobó por el Consejo de Gobierno con fecha 13 de diciembre de 2016 el Plan de actuación del Programa de Inversión Regional 2016-2019.
El Plan de actuación estableció el marco de cooperación entre las Administraciones intervinientes y puesto que el Decreto 75/2016, de 12 de julio, había permitido a las entidades
locales realizar algunas opciones, con su aprobación quedaron singularizados estos aspectos.
Se estableció la asignación total correspondiente a cada entidad local, su distribución en gasto corriente y de inversión y los porcentajes de cofinanciación y de gestión.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 del Decreto 75/2016, de 12 de julio, el citado Plan de actuación cuatrienal se enmarca en la fase de planificación y no implica compromiso de gasto por parte de la Comunidad de Madrid, siendo las Leyes de Presupuestos las que determinan anualmente las cantidades que se aplicarán en cada ejercicio a
la gestión del Programa, de acuerdo con las diferentes fórmulas de gestión.
Una de las opciones que permitía la normativa del PIR 2016-2019, prorrogado, era la
fórmula de gestión. Muchos Ayuntamientos optaron por gestionar sus actuaciones, bien de
forma íntegra o parcial, pasando en este caso a regularse por la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
A lo largo de los diferentes ejercicios presupuestarios de vigencia del Plan, se han ido
aprobando Acuerdos anuales que han establecido, en el marco de los artículos 10 a 15 del
mismo Decreto 75/2016, de 12 de julio, las normas de gestión administrativa y contratación
de las inversiones objeto de este Programa y siempre en el marco de los compromisos del
Plan de Actuación de 13 de diciembre de 2016.
La particularidad de la tramitación del presente ejercicio es que como ya se inició en el
año 2020 nos encontramos en la aplicación de las normas previstas por el Decreto 44/2020,
de 17 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 75/2016, de 12
de julio, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de
Madrid 2016-2019, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 de euros
y se regulan las condiciones de terminación y liquidación del Programa.
El Decreto establece una serie de procedimientos cuya finalidad es la terminación y liquidación del Plan vigente. El ejercicio pasado al amparo de este Decreto, se aprobó el Plan
Anual de Inversiones 2020 por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de septiembre del 2020, si bien no pudo culminar sus previsiones establecidas.

BOCM-20210520-1

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