D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210520-27)
Oficinas de farmacia – Resolución de rectificación de 13 de mayo de 2021, por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución de 20 de abril de 2021, publicada el 7 de mayo, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, corregida por Resolución de 10 de mayo de 2021, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 6 de marzo de 2019 y siguientes, del Director General de Inspección y Ordenación, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia correspondientes a las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 5 de marzo de 2018, por la que se abrió un período de concurrencia pública en el procedimiento de adjudicación de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 119
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021
Pág. 97
En Anexo II:
Donde dice:
NUM. ZONA 11.01.08
Nº DE FARMACIAS CONVOCADAS: 1
SAN MARTÍN DE LA VEGA
D.N.I.
PUNTUACIÓN
DEFINITIVA
NÚMERO
DE ORDEN
***9812**
22,00
12
D.N.I.
PUNTUACIÓN
DEFINITIVA
NÚMERO
DE ORDEN
***9812**
22,00
16
Debe decir:
NUM. ZONA 11.01.08
Nº DE FARMACIAS CONVOCADAS: 1
SAN MARTÍN DE LA VEGA
Segundo
BOCM-20210520-27
La presente rectificación de errores de hecho de la resolución de referencia no afecta
al resto del contenido de la misma ni al cómputo de plazos establecido por Resolución de 5
de marzo de 2018, del Director General de Inspección y Ordenación, y de conformidad con
el artículo 11 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, salvo en lo que se refiere a
las puntuaciones otorgadas a los adjudicatarios en la anteriormente citada Resolución de 6
de marzo de 2019 y que ya han sido objeto de recurso, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Humanización Sanitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en los lugares señalados,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Madrid, a 13 de mayo de 2021.—La Directora General de Inspección y Ordenación
Sanitaria, por suplencia por ausencia (Orden 440/2021, de 12 de abril), la Subdirectora General de Autorización y Acreditación de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios,
Pilar Canivell Campo.
(03/17.581/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 119
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021
Pág. 97
En Anexo II:
Donde dice:
NUM. ZONA 11.01.08
Nº DE FARMACIAS CONVOCADAS: 1
SAN MARTÍN DE LA VEGA
D.N.I.
PUNTUACIÓN
DEFINITIVA
NÚMERO
DE ORDEN
***9812**
22,00
12
D.N.I.
PUNTUACIÓN
DEFINITIVA
NÚMERO
DE ORDEN
***9812**
22,00
16
Debe decir:
NUM. ZONA 11.01.08
Nº DE FARMACIAS CONVOCADAS: 1
SAN MARTÍN DE LA VEGA
Segundo
BOCM-20210520-27
La presente rectificación de errores de hecho de la resolución de referencia no afecta
al resto del contenido de la misma ni al cómputo de plazos establecido por Resolución de 5
de marzo de 2018, del Director General de Inspección y Ordenación, y de conformidad con
el artículo 11 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, salvo en lo que se refiere a
las puntuaciones otorgadas a los adjudicatarios en la anteriormente citada Resolución de 6
de marzo de 2019 y que ya han sido objeto de recurso, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Humanización Sanitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en los lugares señalados,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Madrid, a 13 de mayo de 2021.—La Directora General de Inspección y Ordenación
Sanitaria, por suplencia por ausencia (Orden 440/2021, de 12 de abril), la Subdirectora General de Autorización y Acreditación de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios,
Pilar Canivell Campo.
(03/17.581/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791