D) Anuncios - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210520-19)
Convenio –  Convenio de 30 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la mejora de la eficacia en la planificación y gestión de proyectos cofinanciados con fondos europeos, así como para la aportación del medio propio Tecnologías y Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC)
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Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 119

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MAYO DE 2021

Pág. 81

Tercera
Presupuesto
El presupuesto máximo total de las actuaciones comprendidas en el objeto del presente convenio asciende a 6.025.832,73 euros (IVA incluido).
Cuarta
Obligaciones de las partes

EJERCICIO

IMPORTE

2021

1.484.048,68 €

2022

1.498.889,16 €

2023

1.513.878,05 €

2024

1.529.016,84 €

— Las anualidades futuras están condicionadas a la existencia de crédito en los presupuestos.
— Gestionar el conjunto del gasto conforme a la legislación que afecte a la línea de
actuación que contempla este convenio.
— Abonar directamente a TRAGSATEC como medio propio de la Administración la
Comunidad de Madrid, los trabajos efectivamente realizados, que TRAGSATEC
facturará de acuerdo con su sistema de tarifas.

BOCM-20210520-19

1. Ambas partes se comprometen a colaborar activamente para promover la mayor
eficacia posible en los procesos de captación de fondos europeos, fomentando la integración de los proyectos elegibles del Ayuntamiento de Madrid en los objetivos y líneas estratégicas de la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia de la Comunidad de Madrid, así
como su adecuación a los requerimientos de la normativa de la Unión Europea.
2. La Administración la Comunidad de Madrid se compromete a:
— De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 69/2019, de 15
de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y
Servicios Agrarios, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSATEC), aportar su medio propio instrumental TRAGSATEC para la realización de las actuaciones citadas en la
cláusula primera.
— Notificar a TRAGSATEC la celebración del presente convenio para que proceda,
en el caso de ser requerido, a la ejecución de las actuaciones indicadas en el mismo, facultando al citado medio propio a suspender la ejecución de las citadas actuaciones en el supuesto de que el Ayuntamiento de Madrid no pueda atender el
importe de las certificaciones emitidas por TRAGSATEC.
— Aportar al Ayuntamiento de Madrid, cuando expresamente lo requiera, orientación y asesoramiento para facilitar que sus proyectos y operaciones elegibles se
alineen con los objetivos recogidos en la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia de la Comunidad de Madrid. En todo caso, el diseño de dichos proyectos
y operaciones será responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento de Madrid.
— La Comunidad de Madrid queda exonerada de toda responsabilidad en relación con
el personal de TRAGSATEC que ejecute las actuaciones previstas en el convenio.
3. El Ayuntamiento de Madrid se compromete a:
— Promover la compatibilidad de la planificación municipal con la Estrategia para la
Recuperación y Resiliencia de la Comunidad de Madrid, procurando una adecuada alineación con sus objetivos estratégicos de los proyectos de inversión y operaciones elegibles para su cofinanciación con fondos europeos.
— Financiar íntegramente el importe de los servicios encargados hasta un máximo
de 6.025.832,73 euros, calculado de conformidad con el sistema de tarifas
TRAGSATEC. Dicha cantidad se abonará directamente a TRAGSATEC, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del presupuesto 2021, 2022, 2023
y 2024 con el siguiente reparto estimado: