C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210519-31)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

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ANEXO IV
REQUISITOS MÍNIMOS DE LAS MOTOCICLETAS OBJETO DE AYUDA
CONFORME A ESTAS NORMAS

BOCM-20210519-31

1. Motocicletas eléctricas de las categorías L3e, L4e y L5e, con dos ruedas, o con tres
ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, y una velocidad de diseño superior a los 45 km/h.
2. Potencia nominal mínima de 2 kW.
3. Batería de litio, con una capacidad mínima de 2 kWh
4. Autonomía mínima de 70 km.