Madrid (BOCM-20210519-54)
Régimen económico. Distrito de Barajas. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

Pág. 203

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Barajas
Extracto del Decreto de 4 de mayo de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de
Barajas, por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del
asociacionismo en el año 2021 y la convocatoria anticipada de subvenciones de fomento
del asociacionismo en el año 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Barajas y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de
octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31
de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del
asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en
los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler,
gastos de funcionamiento y/o gastos para la adquisición de mobiliario y equipamiento necesario para el correcto funcionamiento de la entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31
de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—1. Convocatoria ordinaria 2021. El importe total destinado a
esta convocatoria asciende a 56.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 38.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 18.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 12.000 euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 6.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto, entendiéndose que queda de
cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
2. Convocatoria anticipada 2022. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 56.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 38.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 18.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 12.000 euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 6.000 euros.

BOCM-20210519-54

BDNS números 563496/563551