Madrid número 89 (BOCM-20210519-100)
Procedimiento 872/2016
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

Recurribilidad
Dicha sentencia puede ser impugnada, ex artículos 448.1 (requisito de gravamen)
y 455 LEC, mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial.
El recurso deberá interponerse, sin fase previa de preparación, por escrito dirigido a
este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 de la LEC); debiendo “exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna” (artículo 458.2 de la LEC, modificado, al igual que el arábigo 1, por la Ley 8/2011, de 1 de
julio, de Medidas de Agilización Procesal).
Publicación

BOCM-20210519-100

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, por el Ilmo. magistrado titular del Juzgado, en audiencia pública y con mi asistencia, de lo que yo, Secretario judicial.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los codeniandados Dña. Concepción-Apolonia Aparicio Estebarán, ignorados herederos de d. Santos-Jacinto Aparicio
Estebarán, ignorados herederos de D. Dionisio González Aparicio e ignorados herederos de
Dña. Concepción-Apolonia Aparicio Estebarán, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
Madrid, a 29 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado)
(02/15.282/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791