Arganda del Rey (BOCM-20210519-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

9. Presentación de documentos
9.1. El aspirante propuesto por el Tribunal presentará en la Unidad de Personal, en
el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente a que se haga pública su propuesta de nombramiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos y de los méritos valorados en el concurso, y además:
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
— Declaración de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, de
acuerdo con la legislación vigente.
En el caso de que el aspirante tuviera la condición de funcionario público, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
9.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en estas Bases, o que hubiera disparidad en la documentación original acreditativa de los méritos valorados, no podrá ser nombrado, debiendo
el órgano competente convocar al Tribunal para proponer a el siguiente aspirante que hubiera superado la Fase de oposición por orden de puntuación.
9.3. Además, el órgano competente actuará en función de la responsabilidad en que
el aspirante rechazado haya podido incurrir por falsedad en documento público.
9.4. Una vez conforme la documentación presentada en original con la aportada al
procedimiento selectivo, el órgano competente procederá al nombramiento del aspirante
propuesto, quién deberá tomar posesión en el plazo previsto en el art. 48 del Reglamento de
Ingreso.
El aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado sin causa justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido y se entenderá que renuncia a la
plaza, pudiendo el órgano competente convocar al Tribunal para proponer a el siguiente por
orden de puntuación que hubiera superado la Fase de oposición.
9.5. El funcionario nombrado será adscrito al Puesto de Trabajo de Técnico de Contabilidad. La adscripción será definitiva según lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de Ingreso.
10. Reclamaciones
En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan
en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases y demás normativa aplicable.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de las
actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la
forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
TEMARIO

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. La Reforma de la
Constitución.
2. Los derechos fundamentales: Los derechos fundamentales y las libertades
públicas en la Constitución española. La protección de los derechos fundamentales.
3. La Monarquía parlamentaria: La Corona. Funciones y atribuciones según la Constitución.
4. Las Cortes Generales: Composición y funciones. El procedimiento de elaboración
y aprobación de las leyes.
5. El Gobierno: Funciones y potestades en el sistema constitucional español. El control parlamentario del Gobierno.

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