Arganda del Rey (BOCM-20210519-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

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8.1. Contenido de la oposición. La oposición constará de los siguientes ejercicios:
8.1.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas con 3 respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas correcta, sobre el temario de la convocatoria.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos.
El criterio de corrección será el siguiente: por cada respuesta correcta se otorgará 0,40
puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,10 puntos y por cada respuesta en blanco se
otorgarán 0 puntos.
8.1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas a elegir de
los tres extraídos al azar de entre los relacionados con el temario, para lo cual se dispondrá
de un tiempo máximo de 60 minutos.
El ejercicio será leído ante el Tribunal en lectura pública según convocatoria
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos. La capacidad y formación general supondrá un 35 por 100 de la puntuación total de este ejercicio, la claridad de ideas un 35 por
100, la precisión y rigor en la exposición un 20 por 100 y la calidad de expresión escrita un
10 por 100.
Asimismo, terminada la exposición de todos los temas, el tribunal podrá abrir un diálogo con el aspirante, por un tiempo máximo de diez minutos, sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados, quien deberá contestar a las aclaraciones que soliciten u
observaciones que formulen los miembros del tribunal.
8.1.3. Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante tres horas como
máximo, varios supuestos prácticos, hasta un máximo de cuatro, referentes a las funciones
de Técnico de Contabilidad que el Tribunal determine, que estarán relacionados con las materias del programa que figura en el Anexo I, pudiéndose utilizar máquinas de calcular estándar y científicas, pero que no sean programables, ni financieras.
Si para la realización de este ejercicio el Tribunal considerara necesario hacer uso de
textos legales, y solo en dicho caso, sería el mismo Tribunal el que facilitaría dichos textos
a los aspirantes.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 60 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 30 puntos.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis, y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
En el caso de que los supuestos se valorasen con distinta puntuación cada uno de ellos,
deberá indicarse a los opositores la puntuación parcial de cada uno o la ponderación sobre
el total de este ejercicio, antes de iniciarse.
8.2. Calificación final de la oposición: El Tribunal determinará la puntuación final por
suma de las puntuaciones de los tres ejercicios de los aspirantes que los hayan superado.
En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjeran empates,
estos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.° Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.° Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
De persistir el empate este se solventará por sorteo que efectuará el Tribunal en presencia de los interesados.
8.3. Publicidad de la calificación final: El Tribunal hará pública la propuesta de calificación final. Los aspirantes podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante el Tribunal, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de
esta publicación.
Transcurrido el plazo referido en el párrafo anterior el Tribunal extenderá acta que elevará al órgano competente en la que resolverá las alegaciones presentadas, y únicamente
propondrá un aprobado para su nombramiento como funcionario de carrera por obtener la
mayor puntuación.
8.4. Bolsa de trabajo: El Ayuntamiento, a propuesta de la Unidad de Personal, podrá
utilizar la lista de aspirantes no aprobados que hayan superado al menos uno de los ejercicios de la oposición para confeccionar una Bolsa de empleo para nombramientos interinos
o contrataciones temporales en puestos de trabajo del subgrupo A1 del área de Hacienda.

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8. Desarrollo de la oposición