C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210519-33)
Habilitación lingüística –  Resolución conjunta de 10 de mayo de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza; de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, mediante la superación de pruebas de conocimientos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

Aquellos candidatos que figuran en el Anexo I de esta Resolución podrán recoger los
correspondientes Certificados Acreditativos de la habilitación lingüística según las siguientes indicaciones:
a) Candidatos que han participado para centros públicos: A partir del día 24 de mayo
de 2021, el Certificado puede solicitarlo en la siguiente dirección: habilitacion@
madrid.org, indicando sus datos personales y DNI. Una vez comprobados los datos, será remitido, firmado digitalmente, a la dirección que figure en la solicitud.
b) Candidatos que han participado para centros privados concertados: “Para los candidatos de los centros privados concertados, la Dirección General de Educación
Concertada, Becas y Ayudas al Estudio remitirá al propio centro, a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el certificado acreditativo a través del servicio
de notificaciones electrónicas (NOTE), pudiendo el interesado recogerlo en el
mismo.
En el caso de que el candidato desee ser notificado por un medio diferente, podrá
solicitarlo mediante un correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: convocatoriasconcertada@madrid.org”.
Tercero
Candidatos que han superado la primera fase
Publicar la relación de los candidatos que han superado la primera fase de la prueba
para la valoración de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, sin haber superado
el procedimiento de habilitación, que estarán exentos de su realización en las tres convocatorias siguientes a esta, tal como se regula en la base novena de la citada Resolución conjunta de 8 de enero de 2020, y que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
Cuarto
Recursos

BOCM-20210519-33

De conformidad con lo establecido en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra esta Resolución
por la que se aprueba la lista definitiva en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación ante la Viceconsejería de Política Educativa y Ciencia, para los
profesores de centros privados concertados, y ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el caso de los docentes de centros públicos.
Madrid, a 10 de mayo de 2021.—La Directora General de Bilingüismo y Calidad de la
Enseñanza, Mercedes Marín García.—El Director General de Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio, Manuel Bautista Monjón.—El Director General de Recursos Humanos,
Miguel José Zurita Becerril.