C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210519-32)
Autorización implantación enseñanzas –  Orden 1250/2021, de 5 de mayo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se autoriza la implantación, modificación y cese de proyectos de autonomía de centro en centros educativos públicos que imparten enseñanzas de formación profesional en el curso académico 2021-2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 118

3. Aquel alumnado que habiendo iniciado las enseñanzas conforme a otros planes de
estudio y durante el período de implantación del proyecto de autonomía de centro autorizado en esta orden, se vieran afectados como consecuencia de la decisión de no promoción a
segundo curso en el año académico 2020-2021 o la decisión de no promoción al módulo
profesional de Formación en Centros de Trabajo (en adelante, FCT) en el año académico 2021-2022, continuarán las enseñanzas conforme al proyecto de autonomía autorizado
en la presente Orden.
4. Los proyectos de autonomía de centro autorizados no podrán conllevar en ningún
caso la imposición de aportaciones a las familias ni incremento de gasto para la Consejería
de Educación y Juventud. Asimismo no podrán afectar a la promoción de curso y obtención
del título académico correspondiente, que se realizará tomando en consideración la superación de los módulos profesionales incorporados en el plan de estudios del ciclo formativo
correspondiente aprobado por decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
5. La modificación o cese del proyecto de autonomía de centro requerirá autorización de la consejería con competencias en materia de educación y deberá atenerse, con carácter general, a los plazos y procedimientos establecidos en el artículo 8 de la citada Orden 2216/2014, de 9 de julio.
Tercero
Modificación de proyectos de autonomía de centro autorizados
1. Se modifican los proyectos de autonomía de centro autorizados que se recogen en
el anexo II atendiendo las solicitudes de modificación recibidas.
2. Las modificaciones autorizadas en los proyectos de autonomía de centro relacionados en el anexo II se implantarán de forma progresiva a partir del curso académico 2021-2022.
3. El alumnado que haya iniciado las enseñanzas antes de la implantación del proyecto de autonomía de centro modificado y promocione de curso continuará su formación
conforme al plan de estudios previo a las modificaciones autorizadas.
4. Aquel alumnado que haya iniciado las enseñanzas conforme al plan de estudios
previo a las modificaciones autorizadas en la presente Orden y que, durante el período de
implantación de las mismas se viera afectado como consecuencia de la decisión de no promoción a segundo curso en el año académico 2020-2021 o la decisión de no promoción al
módulo profesional FCT o, en su caso, tercer curso en el año académico 2021-2022, continuará las enseñanzas conforme a las modificaciones autorizadas en la presente Orden.
Cuarto
Cese de proyectos de autonomía de centro autorizados

Quinto
Proyecto educativo del centro e información del proyecto de autonomía de centro
1. El proyecto de autonomía de centro autorizado formará parte del proyecto educativo del centro, en el que quedarán recogidos todos los aspectos relativos al currículo de los
módulos profesionales que lo componen, de acuerdo con lo recogido en dicho proyecto.
2. Las programaciones didácticas de los módulos profesionales afectados por modificaciones deberán ser adaptadas por los departamentos responsables, respetando los míni-

BOCM-20210519-32

1. Se autoriza el cese progresivo de los proyectos de autonomía de centro autorizados
recogidos en el anexo III, de tal forma que en el curso académico 2021-2022 se impartirán,
en primer curso, las enseñanzas aprobadas por decreto del Consejo de Gobierno por el que
se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo correspondiente y en el curso académico 2022-2023 el segundo curso del citado plan de estudios.
2. El alumnado que durante el cese progresivo del proyecto de autonomía de centro
se encuentre cursando las enseñanzas dentro del citado proyecto y promocione de curso
continuará su formación conforme al proyecto de autonomía autorizado.
3. Aquel alumnado que haya iniciado las enseñanzas conforme al proyecto de autonomía de centro autorizado y que, durante el período del cese progresivo del mismo, se viera afectado como consecuencia de la decisión de no promoción a segundo curso en el año
académico 2020-2021 o la decisión de no promoción al módulo profesional de FCT o, en su
caso, tercer curso en el año académico 2021-2022, continuará las enseñanzas conforme las
enseñanzas aprobadas por decreto del Consejo de Gobierno por el que se establece para la
Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo correspondiente.