B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210518-25)
Aspirantes profesores interinos –  Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de todos los Cuerpos Docentes no universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) para el curso escolar 2021-2022
70 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

la causa por las que no se ha podido acudir a la prueba, como la documentación
acreditativa de la misma, se presentarán por escrito, en el plazo de 5 días desde la
celebración de la citada prueba, preferiblemente de manera telemática y por registro electrónico, dirigiéndola al Área de Gestión del Personal Docente Interino de
la Dirección General de Recursos Humanos.
b) Formación de las listas:
La formación y ordenación de las nuevas listas se efectuará una vez finalizado el
procedimiento selectivo para ingreso en las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado
por Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 24 de marzo), modificada por Resolución de 20 de enero de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del 26 de enero). Quedan sin efecto las listas procedentes de
procesos selectivos anteriores, así como las correspondientes a procedimientos
extraordinarios (listas tipo 3) convocados y resueltos con anterioridad a la celebración de este procedimiento selectivo.
Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
de las especialidades convocadas en el procedimiento selectivo de 2021 de los
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial estarán formadas, para cada especialidad, por:
1) Participantes que se presenten al proceso selectivo de 2021 por esa especialidad y que hayan marcado la casilla 5C en su solicitud de participación en dicho proceso.
2) Participantes que durante el curso 2020-2021 formaron parte de la lista de esa
especialidad procedente de un proceso selectivo anterior (tipos 1 y 2) y que,
no habiendo decaído de las mismas, se presenten al procedimiento selectivo
por una especialidad distinta y marquen la casilla 5C señalada anteriormente.
Las actuales listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del curso 2020-2021 de las especialidades convocadas en el procedimiento
selectivo de 2021, estarán vigentes hasta la formación de las nuevas listas para el
curso 2021-2022 derivadas de la presente Resolución, momento en el cual quedarán sin efecto. Igualmente, quedarán sin efecto las listas bilingües cuya especialidad de origen haya sido convocada en el procedimiento selectivo de 2021.
c) Ordenación de las listas.
Finalizado el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 11 de marzo
de 2020, se procederá a elaborar las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad derivadas de dicho procedimiento para el curso
escolar 2021-2022, de conformidad con lo señalado en la base primera de esta
Resolución.
— Para cada especialidad, los aspirantes se ordenarán en una lista única en función de la puntuación global obtenida, que será el resultado de sumar las puntuaciones de cada uno de los apartados de que consta el baremo, según figuran en el Anexo II de esta Resolución.
— Criterios de desempate: en caso de igualdad de puntuación total, los aspirantes se ordenarán por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los puntos
del apartado 1 del Anexo II y por el orden en que aparecen en el mismo. De
continuar el empate, se dará prioridad a quienes tengan puntuación en el apartado 2.2 del Anexo II. Si persistiera el empate, se ordenarán por la mayor puntuación obtenida en el último procedimiento selectivo. Por último, se ordenarán por la mejor nota media del expediente académico de la titulación alegada
para el ingreso.
d) Baremación de aquellos participantes que forman parte de listas de especialidades
convocadas a las que no se presentan:
— Los participantes que durante el curso 2020-2021 formaron parte de listas de
especialidades convocadas en este procedimiento que procedan de procesos
selectivos anteriores (tipos 1 y 2) y que, no habiendo decaído de las mismas,
se presenten al procedimiento selectivo de 2021 convocado por la Comunidad de Madrid, formarán parte de la lista de la especialidad por la que se pre-

Pág. 95

BOCM-20210518-25

BOCM