B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210518-1)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 117

ANEXO
ACUERDO DE 26 DE ABRIL DE 2021, DE LA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DEL
PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, POR EL QUE SE REGULAN
LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD DE
MADRID PARA EL PERÍODO 2021-2025.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fecha 15 de abril de 2016 se publicó el Acuerdo de 5 de abril de 2016, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 30 de marzo de 2016, de la
Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las
condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos para el período 2016-2020. Llegado el
vencimiento del mencionado Acuerdo, el 31 de diciembre de 2020, y en virtud de lo establecido en
la Cláusula Final del mismo, éste ha sido prorrogado en su totalidad, tanto en los aspectos
referentes a su contenido como a aquellos otros acuerdos adoptados con posterioridad al mismo.
Con fecha 3 de diciembre de 2020 comenzaron las reuniones de la Mesa Técnica de la Dirección
General de Emergencias, con la participación de las organizaciones sindicales (CCOO, CSITUnión Profesional, UGT y CSIF) y la Administración, al objeto de iniciar el proceso de negociación
del acuerdo de las condiciones laborales del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid
para el período 2021-2025.
El Cuerpo de Bomberos ha avanzado históricamente en su organización, estructura, condiciones
laborales y profesionales gracias, entre otras cosas, a la negociación colectiva. Esta colaboración
ha permitido mantener un alto nivel de calidad del servicio público ofrecido a la ciudadanía y debe
ser empeño de todos – Dirección, Jefatura, y personal – seguir manteniendo el nivel de eficacia del
Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
Este acuerdo ahonda en el plan de reorganización y crecimiento del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid (en adelante, CBCM) que pretende modernizar y agilizar tanto los
procedimientos como la estructura y organización del mismo, con el objetivo de lograr un mejor
rendimiento de sus medios humanos y materiales que permita hacer frente a nuevos retos. Se trata
de buscar una mayor eficiencia y eficacia; en definitiva, una mejora de la prestación del servicio a
la ciudadanía.
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Fundamentación jurídica.
A continuación, se identifican brevemente algunas de las normas más relevantes sobre las que se
sostiene el Acuerdo:

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Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.
Acuerdo de la Mesa Sectorial del personal funcionario de Administración y Servicios,
sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la
Comunidad de Madrid de aplicación durante la vigencia del presente.
Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003,
relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Debe entenderse que cuando exista situación de concurrencia normativa, esta se resolverá
aplicando el principio de especialidad que determina la prioridad de ésta sobre la general.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
El presente Acuerdo será de aplicación al personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de
Madrid, en los términos definidos en el mismo entendiendo en todo caso que esto incluye al

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