Madrid número 39 (BOCM-20210517-176)
Procedimiento 1002/2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 116

LUNES 17 DE MAYO DE 2021

Pág. 359

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
176

MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1002/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. KATTY MARIA GOMEZ ZAMBRANO frente a ETXEGARATE HOSTELERÍA Y CATERING S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general
se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
SE ACUERDA SUBSANAR la omisión advertida en Sentencia de fecha 02/02/2021,
en los siguientes términos:
DONDE DICE:
-En el encabezamiento:
Vistos por la Ilma Sra. Dª BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 39 de Refuerzo de esta capital, los presentes autos nº
1002/2020 sobre Despido y Cantidad, seguidos a instancia de Dª KATTY MARÍA GÓMEZ ZAMBRANO, como demandante, asistida en el procedimiento por el Letrado D. Carlos Alexandre Dos Reis, contra la Empresa ETXEGARATE HOSTELERÍA, S.L, como demandada, que dejó voluntariamente de comparecer en los autos, con citación asimismo del
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, representado y asistido en el procedimiento por la
Letrada de tal Organismo Dª Silvia Castillo Morcillo, se procede a dictar, EN NOMBRE
DE S.M EL REY, la presente resolución.
-En los Hechos Probados Apartado Primero y Sexto:
PRIMERO.- La trabajadora, KATTY MARÍA GÓMEZ ZAMBRANO, ha prestado
servicios por cuenta y orden de la Empresa ETXEGARATE HOSTELERÍA, S.L desde el
01.05.2008 hasta el 30.06.2020, ostentando la categoría profesional de Marmitona y percibiendo una retribución bruta mensual de 1.238,87 euros con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
SEXTO.- La Empresa ETXEGARATE HOSTELERÍA, S.L se encuentra cerrada y sin
actividad, figurando en situación de baja en la Seguridad Social con 0 trabajadores vinculados a su código cuenta de cotización (CCC).

SEGUNDO.- La trabajadora, KATTY MARÍA GÓMEZ ZAMBRANO solicita que se
declare la improcedencia de su despido por causas objetivas (de carácter económico), comunicado por la Empresa demandada, ETXEGARATE HOSTELERÍA, S.L, el 15.06.2020
con efectos a partir del siguiente día 30, alegando que no concurre la causa justificativa de
tal decisión y que la carta no cumple los requisitos de forma exigidos por el art. 53.1 ET.
-Y en el Fallo de la Sentencia:
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por KATTY MARÍA GÓMEZ ZAMBRANO
contra la Empresa ETXEGARATE HOSTELERÍA, S.L sobre Despido, debo declarar y

BOCM-20210517-176

-En los Fundamentos de Derecho, Apartado Segundo