C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210517-14)
Convenio colectivo – Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Fénix Directo, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A. (código número 28100172012011)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 116
LUNES 17 DE MAYO DE 2021
Pág. 109
A tal efecto todos los integrantes de la Empresa contribuirán al mantenimiento de la imagen de la
Compañía, mediante el correcto trato con clientes y proveedores, adecuando su vestimenta a los
usos de corrección ordinarios.
DISPOSICIONES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. PAREJAS DE HECHO.
Se reconocen los mismos derechos que el convenio otorga a los cónyuges en matrimonio a las
personas que no habiéndose casado, y previa justificación mediante certificación del
correspondiente Registro de Parejas de Hecho, o cualquier otra admitida que, conforme a derecho,
acrediten esta condición.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
GRAMATICAL.
NO DISCRIMINACIÓN EN EL USO DEL GÉNERO
En el texto del Convenio se ha querido utilizar los géneros gramaticales masculino y femenino. No
obstante, si en algún artículo o apartado se ha obviado alguno de ellos, es debido a un error por lo
que debe entenderse referido a ambos géneros.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.- COMPROMISO DE NEGOCIAR PLAN DE IGUALDAD
De conformidad con lo establecido en el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, las partes
firmantes han negociado medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, las cuales se reflejan en el contenido del presente
Convenio.
Adicionalmente, las partes han asumido el compromiso de promover la negociación de un Plan de
Igualdad con el alcance y contenido previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones y
plazos establecidos en el Real Decreto-ley 06/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para
garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la
ocupación, todo ello conforme al Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan
los planes de igualdad y su registro.
DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA: Régimen de jornada y horario
correspondiente al ejercicio 2020 hasta la fecha de firma del Convenio Colectivo
laboral
Entre el 01/01/2020 y el 09/11/2020, el régimen de jornada y horario se mantendrá en los mismos
términos recogidos en el artículo 10 del Convenio Colectivo Fenix Directo 2015-2018.
DIPOSICION FINAL
El presente Convenio de Fénix Directo sustituye y deroga, a su entrada en vigor y con la fecha de
efecto que se determina en el artículo 3 – Ámbito Temporal-, al anterior Convenio Colectivo así
como a cualquier otro pacto extraestatutario en la medida que concurra y/o contradiga con las
materias reguladas en el presente Convenio Fénix Directo.
INVENTARIO DE PUESTOS FENIX DIRECTO
NIVEL RETRIBUTIVO
GRUPO I NIVEL 1
GRUPO I NIVEL 2
GRUPO I NIVEL 3
GRUPO II NIVEL 4
GRUPO II NIVEL 5
GRUPO II NIVEL 6
GRUPO III NIVEL 8
GRUPO IV NIVEL 9
(03/14.977/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210517-14
NOMBRE DEL PUESTO
DIRECTOR/A GERENTE
JEFE/A DE DEPARTAMENTO
JEFE/A OFICINA
TECNICO
TELEOPERADOR/A SENIOR - TRAMITADOR/A N-1
TELEOPERADOR/A - TRAMITADOR/A N-2
OPERADOR/A JUNIOR
PERSONAL EN FORMACION
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 116
LUNES 17 DE MAYO DE 2021
Pág. 109
A tal efecto todos los integrantes de la Empresa contribuirán al mantenimiento de la imagen de la
Compañía, mediante el correcto trato con clientes y proveedores, adecuando su vestimenta a los
usos de corrección ordinarios.
DISPOSICIONES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. PAREJAS DE HECHO.
Se reconocen los mismos derechos que el convenio otorga a los cónyuges en matrimonio a las
personas que no habiéndose casado, y previa justificación mediante certificación del
correspondiente Registro de Parejas de Hecho, o cualquier otra admitida que, conforme a derecho,
acrediten esta condición.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
GRAMATICAL.
NO DISCRIMINACIÓN EN EL USO DEL GÉNERO
En el texto del Convenio se ha querido utilizar los géneros gramaticales masculino y femenino. No
obstante, si en algún artículo o apartado se ha obviado alguno de ellos, es debido a un error por lo
que debe entenderse referido a ambos géneros.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.- COMPROMISO DE NEGOCIAR PLAN DE IGUALDAD
De conformidad con lo establecido en el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, las partes
firmantes han negociado medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, las cuales se reflejan en el contenido del presente
Convenio.
Adicionalmente, las partes han asumido el compromiso de promover la negociación de un Plan de
Igualdad con el alcance y contenido previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones y
plazos establecidos en el Real Decreto-ley 06/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para
garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la
ocupación, todo ello conforme al Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan
los planes de igualdad y su registro.
DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA: Régimen de jornada y horario
correspondiente al ejercicio 2020 hasta la fecha de firma del Convenio Colectivo
laboral
Entre el 01/01/2020 y el 09/11/2020, el régimen de jornada y horario se mantendrá en los mismos
términos recogidos en el artículo 10 del Convenio Colectivo Fenix Directo 2015-2018.
DIPOSICION FINAL
El presente Convenio de Fénix Directo sustituye y deroga, a su entrada en vigor y con la fecha de
efecto que se determina en el artículo 3 – Ámbito Temporal-, al anterior Convenio Colectivo así
como a cualquier otro pacto extraestatutario en la medida que concurra y/o contradiga con las
materias reguladas en el presente Convenio Fénix Directo.
INVENTARIO DE PUESTOS FENIX DIRECTO
NIVEL RETRIBUTIVO
GRUPO I NIVEL 1
GRUPO I NIVEL 2
GRUPO I NIVEL 3
GRUPO II NIVEL 4
GRUPO II NIVEL 5
GRUPO II NIVEL 6
GRUPO III NIVEL 8
GRUPO IV NIVEL 9
(03/14.977/21)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210517-14
NOMBRE DEL PUESTO
DIRECTOR/A GERENTE
JEFE/A DE DEPARTAMENTO
JEFE/A OFICINA
TECNICO
TELEOPERADOR/A SENIOR - TRAMITADOR/A N-1
TELEOPERADOR/A - TRAMITADOR/A N-2
OPERADOR/A JUNIOR
PERSONAL EN FORMACION