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Bien de interés cultural –  Resolución de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de Hecho Cultural, de las Fiestas Patronales de San Isidro, en Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 113

BOCM-20210513-47

la que la celebración social y lúdica interrumpe la cotidianeidad y abre paso al ocio y al divertimento, que tienen lugar en espacios diferenciados y especiales.
B. 3. Medidas de salvaguarda:
La Fiesta de San Isidro es memoria de la ciudad de Madrid, y de ella se conservan sus
imágenes y su música; se conocen los procesos necesarios para reproducir infraestructuras
y eventos . Si bien esta fiesta en sí no corre en principio peligro de desaparecer, algunos de
sus elementos sí pueden estar en riesgo -. Salvaguardar las Fiestas de San Isidro significa
hoy dar el protagonismo a la continuidad de la celebración, más que buscar criterios de autenticidad. Su conservación depende de la voluntad de mantener y recrear este hecho cultural, privilegiando la participación y el dinamismo de modo que siempre esté presente en
el calendario festivo y el imaginario de la ciudad, permitiendo el cambio y la renovación
que la sociedad vaya creando, conforme a los nuevos modelos de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
En todo caso, las medidas de salvaguarda del bien objeto de declaración quedarán determinadas por lo establecido en el artículo 33 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. En concreto, se recomienda llevar a cabo las
siguientes acciones de salvaguarda:
1. Como patrimonio cultural inmaterial de la Comunidad de Madrid, la fiesta deberá ser
objeto de registro y documentación de sus manifestaciones culturales, garantizando la identificación y custodia documental de esta manifestación en todas sus facetas, y evaluando sus elementos más vulnerables para su priorización en los inventarios. Se conoce la existencia de una
ingente cantidad de documentación audiovisual, pero también de cultura expresiva, de refranes, retahílas, expresiones, etc., que sumados a la memoria de la ciudadanía actual y a la rescatada de sus generaciones anteriores, puede permitir documentar el proceso y desarrollo que
ha tenido la manifestación a lo largo del tiempo. Los testimonios disponibles se deben incorporar a soportes materiales que garanticen su protección y preservación en el futuro.
2. La labor de protección deberá orientarse asimismo hacia la divulgación del conocimiento y la puesta en valor de dicha fiesta y de todos sus elementos, funciones y significados, tanto para la ciudad como para la Comunidad de Madrid. Ello implica impulsar una
acción decidida de identificación, documentación, investigación, preservación, protección,
promoción, puesta en valor, transmisión y revitalización del patrimonio festivo en sus distintos aspectos.
3. Conforme a lo anterior, se deberá reforzar la difusión y conocimiento de la fiesta, con medidas que pongan en valor este patrimonio inmaterial y la importancia de sus
protagonistas.
4. El impulso de la pervivencia de esta fiesta tradicional debe incorporar la tutela de
la conservación de sus valores tradicionales y su transmisión a las generaciones futuras,
de forma que puedan adaptarse a los posibles cambios sociales y culturales. A la consecución de este objetivo pueden ayudar la publicación de monografías, el fomento y visibilidad de oficios artesanales y el refuerzo de industrias culturales relacionadas con la fiesta,
así como la introducción de estos contenidos en los programas educativos dentro de una
perspectiva interdisciplinar.
5. Se considera importante la preservación del entorno paisajístico del desarrollo de la
fiesta, en especial la pradera con la ermita y su fuente, y el entorno urbano de procesiones.
(03/16.561/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791