C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210512-5)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 651/2021, de 30 de abril, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2021 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

Pág. 231

5. En el primer cuadro del Programa 232D: Voluntariado y cooperación al desarrollo,
del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles, se suprime, por desaparición de esta línea
de subvención, la fila relativa al Convenio Plurianual de Colaboración entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y las Universidades
Públicas madrileñas para la realización y financiación del Proyecto “Programa de Voluntariado Internacional 2020-2023”, y se modifican los importes de las líneas de subvención que a
continuación se relacionan, que quedan como se recoge en el Anexo 1 de esta Orden:
— Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la cofinanciación de proyectos
de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la
ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
— Convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro para la concesión directa de
ayuda humanitaria y de emergencia.
6. En el segundo cuadro del Programa 232D: Voluntariado y cooperación al desarrollo, del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles, se modifican los importes de los subconceptos 40500 y 70500, con el contenido que figura en el Anexo 1 de la Orden.
7. En el primer cuadro del Programa 232B: Acciones contra la violencia de género
y promoción igualdad de oportunidades, del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles,
se incluye, por establecimiento de nueva línea de subvención, una penúltima fila, antes de
la fila en la que figura el Total, y se modifica la cuantía que aparece en la fila del Total, todo
ello en los términos en que se recoge en el Anexo 1 de esta Orden.
8. En el segundo cuadro del Programa 232B: Acciones contra la violencia de género y promoción igualdad de oportunidades, del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles, se incluye un nuevo subconcepto en la penúltima fila, antes de la fila en la que figura
el Total, y se modifica la cuantía que aparece en la fila del Total, todo ello en los términos
en que se recoge en el Anexo 1 de esta Orden.
9. En el apartado 6, Efectos o resultados perseguidos, se suprime el siguiente efecto
o resultado:
— “El impulso de la participación de los estudiantes universitarios en proyectos internacionales de desarrollo para fomentar la acción voluntaria internacional de los
jóvenes universitarios y la mejora de su capacitación profesional”.
Y se incluyen tres nuevos párrafos, que se corresponden con tres nuevos efectos o resultados. Estos tres párrafos se introducen con un guion detrás del que aparece como último efecto o resultado (“Prevenir situaciones de riesgo en las personas mayores por aislamiento o dificultad para hacer frente a necesidades puntuales, proporcionándoles recursos
alternativos en un entorno familiar”), quedando este apartado 6 con el contenido que figura en el Anexo 1 de esta Orden.
10. En el apartado 7, Indicadores del cumplimiento de objetivos y resultados, subapartado 2, “Indicadores específicos”, se suprimen los indicadores de la letra j) como consecuencia de la supresión de la línea de subvención «Convenio de Colaboración entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y las Universidades Públicas madrileñas para la realización y financiación del proyecto “Programa de Voluntariado Internacional 2020-2023”», renumerándose a partir de aquí las sucesivas letras.
Y se incluyen los indicadores específicos de la nueva línea de subvención “Convenio con
la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas” bajo la letra w),
quedando este apartado 7.2 con el contenido que figura en el Anexo 1 de esta Orden.
Segundo
Se rectifica el error advertido en el período del Programa Operativo de la Comunidad
de Madrid al que se acoge las subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, cofinanciada en un 50 por 100
por el Fondo Social Europeo:
1. Se rectifica en el objetivo 9, del apartado 2, objetivos, la línea de subvención número 5:
Así, donde dice:
“Subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, cofinanciada en un 50 por 100 por el Fondo Social
Europeo, en el marco del programa operativo de la Comunidad de Madrid (2021-2027), Eje 2,
Objetivo temático 3”.

BOCM-20210512-5

Rectificación de error