C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210512-4)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 157/2021, de 2 de mayo, de la Consejera de Presidencia, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea para el período 2021-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

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Por otra parte, el Decreto 129/2007, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la promoción y ayuda de la Comunidad de Madrid a los madrileños residentes en el extranjero, establece como principios generales, que la Comunidad de Madrid
desarrollará políticas y acciones dirigidas a los madrileños residentes en el extranjero que
les permitan ejercer sus derechos constitucionales en condiciones de igualdad con los que
residan habitualmente en Madrid, asimismo, promoverá su participación en la vida social y
cultural y creará los instrumentos precisos para hacer posible la ayuda, asistencia y protección, de acuerdo con lo prescrito en el Estatuto de Autonomía.
Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones a otorgar en estas materias se
rigen por las siguientes normas:
— Normativa Estatal:
d Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Normativa de la Comunidad de Madrid:
d Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
d Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
d Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
d El Decreto 282/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia.
El artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, establece que son competentes para conceder subvenciones, entre otros, los Consejeros en el ámbito de la Consejería correspondiente.
Por todo ello, las diferentes líneas de subvención recogidas en el presente Plan serán
gestionadas por la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, de
acuerdo con el artículo 11, apartado 2. c) y o) del citado Decreto 282/2019, de 29 de octubre, en el que se le atribuye al Director General de Cooperación con el Estado y la Unión
Europea las competencias en el seguimiento, estudio y divulgación del derecho y las políticas comunitarias, así como la atención, ayuda y promoción de los madrileños residentes
en el exterior, así como de los madrileños retornados.

Mediante la ejecución del presente Plan, la Dirección General de Cooperación con el
Estado y la Unión Europea pretende alcanzar los siguientes objetivos:
Objetivo 1:
El fomento de la empleabilidad de los jóvenes mediante la formación y la experiencia
adquiridas durante las prácticas realizadas en la Dirección General, aportando a su vez, un
enriquecimiento en el desarrollo de las funciones y tareas de la misma.
Este objetivo se pretende conseguir mediante la convocatoria de becas para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea,
consistentes en el desarrollo, perfeccionamiento y estudio acerca de la temática europea;
sus políticas, derecho y financiación, así como de la emigración madrileña.
Se establece la siguiente línea de subvención:
Línea 1: Becas de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la
Unión Europea.
El procedimiento de concesión de esta subvención se realizará en régimen de concurrencia competitiva para jóvenes titulados de grado superior y consiste en el desarrollo, perfeccionamiento y estudio vinculados a la temática europea, sus políticas, derecho y financiación, así como de la emigración madrileña.
Objetivo 2:

BOCM-20210512-4

4. Objetivos y líneas de subvención