Valdemanco (BOCM-20210512-32)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

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BOCM-20210512-32

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación
de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el tribunal, por mayoría.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta. Vinculación.—Las presentes bases, desde su aprobación, estarán vinculadas en
todo el proceso a lo establecido en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.
El tribunal queda facultado para resolver o adoptar los acuerdos pertinentes respecto
de las dudas, empates, orden y tramitación respecto de los procedimientos selectivos. Esta
actividad únicamente estará limitada por la sujeción a lo dispuesto en estas bases y en la
normativa vigente.
Sexta. Incidencias.—En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado Público 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985,
de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este
Ayuntamiento de Valdemanco, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente».
En Valdemanco, a 27 de abril de 2021.—La alcaldesa, Déborah Molina Rodríguez.
(03/15.607/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791