Málaga número 9 (BOCM-20210512-160)
Ejecución 85/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE 2021

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pero no han sido ni son empleadoras del actor, respecto de deudas anteriores de los trabajadores.
SEGUNDO.- Dichas resoluciones son firmes.
TERCERO.- Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio,
toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad líquida, objeto de la condena.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda despachar ejecución a instancias de Manuel Reyes Martín contra Royal AlAndalus SA, Hacienda Real los Olivos SA, Arrendamientos Hoteleros del Sur SA, Planet
Hoteles SA, Asset Managers Gestion Turistica S.L.U, Royal Premier Hoteles S.A, Royal
Romana Playa S.A, Lavanderia Turistica del Sur S.L, Segetur S.A, y Royal Premiere Catering S.L en cuantía suficiente a cubrir la suma de 3.726,6 d en concepto de principal reclamado, más la de 745,32 d presupuestadas provisionalmente para intereses legales y costas,
sin perjuicio de su ulterior y definitiva liquidación y tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe recurso de reposición el plazo de tres días.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. ROCIO ANGUITA MANDLY, MAGISTRADO/JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9
DE MALAGA. Doy fe.
LA MAGISTRADO/JUEZ LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia Dª MARIA DOLORES FERNANDEZ DE
LIENCRES RUIZ
En Málaga, a trece de abril de dos mil veintiuno
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que en fecha 13.04.21 por la Iltma. Sra. Magistrada se dictaron autos despachando ejecución.

Se decreta el embargo de los bienes propiedad de la ejecutada.
Practíquese averiguación patrimonial de la ejecutada a través del punto neutro judicial,
así como de situación en Seguridad Social y únase a los autos.
Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversiones, obligaciones, valores en general
o cualquier otro producto bancario, que el demandado mantenga o pueda contratar con diferentes entidades bancarias ECCV y liquidaciones a su favor con la AEAT, hasta cubrir el
principal y costas, a tal efecto dese la orden telemática a través del Punto Neutro Judicial.
Se decreta el embargo de los créditos por los que la demandada resulte acreedora frente a las empresas que consten en la base de datos de la AEAT en la investigación patrimonial que se practica, por cualquier concepto y en cuantía suficiente hasta cubrir las cantidades reclamadas en las presentes actuaciones, librándose los despachos oportunos.
Se requiere a la demandada a fin de que manifieste relación de bienes.

BOCM-20210512-160

Segundo.- Dicha ejecución se sigue a instancias de Manuel Reyes Martín contra Royal Al-Andalus SA, Hacienda Real los Olivos SA, Arrendamientos Hoteleros del Sur SA,
Planet Hoteles SA, Asset Managers Gestion Turistica S.L.U, Royal Premier Hoteles S.A,
Royal Romana Playa S.A, Lavanderia Turistica del Sur S.L, Segetur S.A, y Royal Premiere Catering S.L en cuantía suficiente a cubrir la suma de 3.726,6 d en concepto de principal
reclamado, más la de 745,32 d presupuestadas provisionalmente para intereses legales y
costas.
PARTE DISPOSITIVA