Leganés (BOCM-20210511-47)
Régimen económico. Bases subvenciones
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
con un bajo impacto en el medio ambiente y la menor generación de residuos que permitan
la implantación del sello de comercio y hostelería sostenible.
2. Normativa aplicable
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones reguladas en estas bases serán tramitadas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Las ayudas se regirán por lo dispuesto en las presentes Bases y en la siguiente normativa:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS) y
en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Subvenciones (en adelante, RGS).
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
— Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Leganés 2021-2024, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de marzo de 2021.
3. Objetivos generales y operativos de la línea de subvenciones
En el marco del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Leganés, y
con la visión del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), contenidos en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de Naciones Unidas y, en concreto de los
Objetivos 2, 11, 12 y 13, con la presente convocatoria de subvenciones, se pretende contribuir a la consecución de los fines propuestos.
— Objetivo estratégico:
d Desarrollar el sello del comercio sostenible de Leganés.
— Objetivos específicos:
d Ayudar al sector de comercio de proximidad y hostelería al mantenimiento de
la actividad y el empleo.
d Ayudar al sector del comercio de proximidad y la hostelería a la adecuación de
hábitos dirigidos a un modo de gestión más sostenible.
d Concienciación sobre la necesidad de utilización de materiales no perjudiciales
para el medio ambiente.
d Concienciación sobre la gestión de residuos y la consecución de no generación
de los mismos.
4. Financiación
Para el cumplimiento de estos objetivos se destinarán los créditos presupuestarios establecidos en el Presupuesto Municipal.
5. Ámbito espacial y temporal
Serán subvencionables las actuaciones que se realicen en el término municipal de Leganés solicitadas desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y dentro del plazo que se establezca en la misma.
1. Se consideran gastos subvencionables susceptibles de ayuda, los siguientes conceptos:
a) La adquisición de luminaria LED para la iluminación interior y exterior del establecimiento que sirva como sustitución de elementos de iluminación que supongan un mayor gasto energético.
b) La adquisición de utensilios de al menos 75 cl. de capacidad para el servicio de
agua natural frente a la embotellada (jarras, decantadores).
c) La adquisición de bolsas de papel, tela, rafia o materiales similares, que puedan ser
reutilizables y que sirvan como sustitución de bolsas y envases de plástico.
d) La adquisición de papel de estraza o similares para el envasado y envoltorio de productos alimenticios y que sirvan como sustitución de bolsas y envases de plástico.
e) La adquisición de mantelería de tela, reutilizable y/o de materiales biodegradables
y que sirva como sustitución de materiales de un solo uso en establecimientos de
hostelería.
BOCM-20210511-47
6. Acciones subvencionables
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 146
MARTES 11 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 111
con un bajo impacto en el medio ambiente y la menor generación de residuos que permitan
la implantación del sello de comercio y hostelería sostenible.
2. Normativa aplicable
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones reguladas en estas bases serán tramitadas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Las ayudas se regirán por lo dispuesto en las presentes Bases y en la siguiente normativa:
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS) y
en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Subvenciones (en adelante, RGS).
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
— Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Leganés 2021-2024, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de marzo de 2021.
3. Objetivos generales y operativos de la línea de subvenciones
En el marco del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Leganés, y
con la visión del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), contenidos en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de Naciones Unidas y, en concreto de los
Objetivos 2, 11, 12 y 13, con la presente convocatoria de subvenciones, se pretende contribuir a la consecución de los fines propuestos.
— Objetivo estratégico:
d Desarrollar el sello del comercio sostenible de Leganés.
— Objetivos específicos:
d Ayudar al sector de comercio de proximidad y hostelería al mantenimiento de
la actividad y el empleo.
d Ayudar al sector del comercio de proximidad y la hostelería a la adecuación de
hábitos dirigidos a un modo de gestión más sostenible.
d Concienciación sobre la necesidad de utilización de materiales no perjudiciales
para el medio ambiente.
d Concienciación sobre la gestión de residuos y la consecución de no generación
de los mismos.
4. Financiación
Para el cumplimiento de estos objetivos se destinarán los créditos presupuestarios establecidos en el Presupuesto Municipal.
5. Ámbito espacial y temporal
Serán subvencionables las actuaciones que se realicen en el término municipal de Leganés solicitadas desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y dentro del plazo que se establezca en la misma.
1. Se consideran gastos subvencionables susceptibles de ayuda, los siguientes conceptos:
a) La adquisición de luminaria LED para la iluminación interior y exterior del establecimiento que sirva como sustitución de elementos de iluminación que supongan un mayor gasto energético.
b) La adquisición de utensilios de al menos 75 cl. de capacidad para el servicio de
agua natural frente a la embotellada (jarras, decantadores).
c) La adquisición de bolsas de papel, tela, rafia o materiales similares, que puedan ser
reutilizables y que sirvan como sustitución de bolsas y envases de plástico.
d) La adquisición de papel de estraza o similares para el envasado y envoltorio de productos alimenticios y que sirvan como sustitución de bolsas y envases de plástico.
e) La adquisición de mantelería de tela, reutilizable y/o de materiales biodegradables
y que sirva como sustitución de materiales de un solo uso en establecimientos de
hostelería.
BOCM-20210511-47
6. Acciones subvencionables