Huelva número 1 (BOCM-20210507-207)
Procedimiento 974/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 662
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
207
HUELVA NÚMERO 1
EDICTO
D/Dª PEDRO RAFAEL MEDINA MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 974/2020
a instancia de la parte actora D/Dª. INMACULADA MARQUEZ PEÑA contra TEMPO
FACIILITY SERVICES S.L.U., ADMINISTRACIÓN CONCURSAL TEMPO FACILITY SERVICES y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª MANUELA MONTEMAYOR GARRIDO SANTOS.
En HUELVA, a quince de enero de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- D/Dª INMACULADA MARQUEZ PEÑA, presentó demanda de cantidad frente a TEMPO FACIILITY SERVICES S.L.U.
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número
974/2020.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad
con lo dispuesto en el art 82,1 de la L.R.J.S procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir la demanda presentada.
- Señalar el próximo 25 DE MAYO DE 2023, A LAS 11:30 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/ VAZQUEZ LOPEZ, 19,
1ª PLANTA., para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación
y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
BOCM-20210507-207
- Requerir a la parte actora para que, tan pronto se celebre el acto de conciliación, aporte la certificación con su resultado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 662
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 108
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
207
HUELVA NÚMERO 1
EDICTO
D/Dª PEDRO RAFAEL MEDINA MEDINA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 974/2020
a instancia de la parte actora D/Dª. INMACULADA MARQUEZ PEÑA contra TEMPO
FACIILITY SERVICES S.L.U., ADMINISTRACIÓN CONCURSAL TEMPO FACILITY SERVICES y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Dª MANUELA MONTEMAYOR GARRIDO SANTOS.
En HUELVA, a quince de enero de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- D/Dª INMACULADA MARQUEZ PEÑA, presentó demanda de cantidad frente a TEMPO FACIILITY SERVICES S.L.U.
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número
974/2020.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad
con lo dispuesto en el art 82,1 de la L.R.J.S procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir la demanda presentada.
- Señalar el próximo 25 DE MAYO DE 2023, A LAS 11:30 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/ VAZQUEZ LOPEZ, 19,
1ª PLANTA., para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario Judicial.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación
y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
BOCM-20210507-207
- Requerir a la parte actora para que, tan pronto se celebre el acto de conciliación, aporte la certificación con su resultado.