Parla (BOCM-20210506-85)
Urbanismo. Plan Parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 107
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
Pág. 393
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
PARLA
URBANISMO
BOCM-20210506-85
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha 8 de abril de 2021, se ha
aprobado con carácter definitivo la Modificación no sustancial del Plan Parcial del Ámbito 4-BIS “Residencial Este”, aprobada por acuerdo del Pleno de 11 de mayo de 2017, en relación al tratamiento de la parcela N-3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se remite una copia de la citada Modificación no sustancial del Plan Parcial a los efectos de su depósito en
el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Asimismo, como anexo I al presente anuncio, se
publica el contenido de la normativa modificada, y como anexo II el Plano de Ordenación
Pormenorizada modificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley
9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el 70.2 de la
Ley de Bases de Régimen Local.
El Anuncio se exhibirá en el tablón oficial de anuncios de la Casa Consistorial, plaza
de la Constitución, número 1 y también quedará a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento.
El transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el
mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
B.O.C.M. Núm. 107
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
Pág. 393
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
PARLA
URBANISMO
BOCM-20210506-85
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha 8 de abril de 2021, se ha
aprobado con carácter definitivo la Modificación no sustancial del Plan Parcial del Ámbito 4-BIS “Residencial Este”, aprobada por acuerdo del Pleno de 11 de mayo de 2017, en relación al tratamiento de la parcela N-3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se remite una copia de la citada Modificación no sustancial del Plan Parcial a los efectos de su depósito en
el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad. Asimismo, como anexo I al presente anuncio, se
publica el contenido de la normativa modificada, y como anexo II el Plano de Ordenación
Pormenorizada modificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley
9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el 70.2 de la
Ley de Bases de Régimen Local.
El Anuncio se exhibirá en el tablón oficial de anuncios de la Casa Consistorial, plaza
de la Constitución, número 1 y también quedará a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento.
El transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el
mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.