C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210506-39)
Plan estratégico subvenciones – Orden 171/2021, de 22 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinada a financiar la compensación de precios públicos de matrícula de estudios oficiales durante el curso 2021-2022, para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas)
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
39
ORDEN 171/2021, de 22 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de
una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinada a financiar la compensación de precios públicos de matrícula de estudios
oficiales durante el curso 2021-2022, para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas).
Tanto el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como el artículo 4 bis) de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
establecen que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un
plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad subvencionadora a
realizar.
El objeto de la subvención, a través de la colaboración con las universidades públicas
madrileñas, es financiar el coste de los precios públicos de matrícula para cursar títulos oficiales de grado y máster de aquellos alumnos que, por dificultades económicas y sociales,
estén en riesgo de abandono de los estudios cursados. El efecto que se persigue es garantizar la permanencia y el acceso a la educación superior de estos estudiantes sin que causas
económicas o sociales constituyan un impedimento para la continuación de los estudios emprendidos.
Dadas las circunstancias actuales, se ha decidido que el plan estratégico de estas ayudas tenga vigencia para las becas relativas al curso 2021-2022, con el fin de poder adaptar
la actividad subvencional de la Consejería a la realidad de una sociedad que se ha visto altamente afectada por la crisis sanitaria y económica de la pandemia del COVID-19 y cuyas
consecuencias y las medidas para abordarla pueden variar de forma ostensible. La Comunidad de Madrid, de esta forma, mantiene y continúa con el esfuerzo económico realizado
en anteriores ediciones mediante esta línea de ayudas al estudio.
La variabilidad de las citadas circunstancias sociosanitarias y su repercusión en la realidad social, económica y académica de los estudiantes objetivo de esta línea de actuación
dificulta que este plan tenga un período de vigencia superior al curso académico 2021-2022
y al correspondiente ejercicio presupuestario 2021, aunque normativamente sería aconsejable que pudiera abarcar un período superior.
Por cuanto antecede, en virtud de las competencias que me confieren el artículo 41.l)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.
DISPONGO
El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación,
PS, el Consejero de Educación y Juventud
(Decreto 20/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20210506-39
Aprobar el plan estratégico para la concesión directa de una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid destinada a financiar la compensación de precios públicos de matrícula de estudios oficiales durante el curso 2021-2022, para alumnos
universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas), en
los términos que figuran en el documento anejo a la presente Orden.
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
39
ORDEN 171/2021, de 22 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de
una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinada a financiar la compensación de precios públicos de matrícula de estudios
oficiales durante el curso 2021-2022, para alumnos universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas).
Tanto el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como el artículo 4 bis) de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
establecen que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un
plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad subvencionadora a
realizar.
El objeto de la subvención, a través de la colaboración con las universidades públicas
madrileñas, es financiar el coste de los precios públicos de matrícula para cursar títulos oficiales de grado y máster de aquellos alumnos que, por dificultades económicas y sociales,
estén en riesgo de abandono de los estudios cursados. El efecto que se persigue es garantizar la permanencia y el acceso a la educación superior de estos estudiantes sin que causas
económicas o sociales constituyan un impedimento para la continuación de los estudios emprendidos.
Dadas las circunstancias actuales, se ha decidido que el plan estratégico de estas ayudas tenga vigencia para las becas relativas al curso 2021-2022, con el fin de poder adaptar
la actividad subvencional de la Consejería a la realidad de una sociedad que se ha visto altamente afectada por la crisis sanitaria y económica de la pandemia del COVID-19 y cuyas
consecuencias y las medidas para abordarla pueden variar de forma ostensible. La Comunidad de Madrid, de esta forma, mantiene y continúa con el esfuerzo económico realizado
en anteriores ediciones mediante esta línea de ayudas al estudio.
La variabilidad de las citadas circunstancias sociosanitarias y su repercusión en la realidad social, económica y académica de los estudiantes objetivo de esta línea de actuación
dificulta que este plan tenga un período de vigencia superior al curso académico 2021-2022
y al correspondiente ejercicio presupuestario 2021, aunque normativamente sería aconsejable que pudiera abarcar un período superior.
Por cuanto antecede, en virtud de las competencias que me confieren el artículo 41.l)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.
DISPONGO
El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación,
PS, el Consejero de Educación y Juventud
(Decreto 20/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20210506-39
Aprobar el plan estratégico para la concesión directa de una subvención a las universidades públicas de la Comunidad de Madrid destinada a financiar la compensación de precios públicos de matrícula de estudios oficiales durante el curso 2021-2022, para alumnos
universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables (Becas socioeconómicas), en
los términos que figuran en el documento anejo a la presente Orden.