Tres Cantos (BOCM-20210505-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 221
el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos la relación de aprobados/as
por orden de puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación, se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía
Local del Ayuntamiento de Tres Cantos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
15. Toma de posesión
15.1. Plazo: Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento.
15.2. Forma: Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el
Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Tres Cantos, en cuyo momento
y como requisito previo a la extensión de la diligencia en la que se constate su toma de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y
formular la declaración jurada de las actividades que estuvieran realizando.
15.3. Efectos de la falta de toma de posesión: Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado en el apartado 13.1 no accederán a la categoría de
Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Tres Cantos, perdiendo todos los
derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar
los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que de termine el Tribunal y por personal
especializado en la materia.
1.1. Disposición: El aspirante podrá colocarse para la salida, sobre la plataforma, en
el borde de la piscina o en el interior de la pileta, teniendo en este caso, contacto con la pared de la misma.
1.2. Ejecución: Dada la salida, los aspirantes según la disposición adoptada, bien por
zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba, empleando cualquier estilo
para su progresión.
1.3. Medición: Podrá ser manual, duplicándose en este caso los cronos por cada calle
ocupada por un aspirante, tomándose el tiempo medio de las dos mediciones.
1.4. Intentos: Se efectuará un solo intento.
1.5. Invalidaciones. Se considerará que no es válida la realización:
a) Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante se apoyara para descansar o
tomara impulso en algún lugar de la pileta como corcheras o bordes.
b) Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante toque o descanse con los
pies en el fondo.
c) Cuando realice en su totalidad la prueba en inmersión.
d) Cuando realice un mismo aspirante dos salidas falsas.
e) Cuando no finalice la prueba en la misma calle de salida.
f) Cuando utilice cualquier elemento auxiliar que aumente velocidad, flotabilidad,
etcétera, tales como manoplas, flotadores, aletas, etcétera, admitiéndose gafas y
gorros de baño.
BOCM-20210505-60
1. Natación sobre 25 metros
B.O.C.M. Núm. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
Pág. 221
el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos la relación de aprobados/as
por orden de puntuación.
14. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación, se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía
Local del Ayuntamiento de Tres Cantos.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
15. Toma de posesión
15.1. Plazo: Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento.
15.2. Forma: Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el
Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Tres Cantos, en cuyo momento
y como requisito previo a la extensión de la diligencia en la que se constate su toma de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y
formular la declaración jurada de las actividades que estuvieran realizando.
15.3. Efectos de la falta de toma de posesión: Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado en el apartado 13.1 no accederán a la categoría de
Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Tres Cantos, perdiendo todos los
derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar
los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que de termine el Tribunal y por personal
especializado en la materia.
1.1. Disposición: El aspirante podrá colocarse para la salida, sobre la plataforma, en
el borde de la piscina o en el interior de la pileta, teniendo en este caso, contacto con la pared de la misma.
1.2. Ejecución: Dada la salida, los aspirantes según la disposición adoptada, bien por
zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba, empleando cualquier estilo
para su progresión.
1.3. Medición: Podrá ser manual, duplicándose en este caso los cronos por cada calle
ocupada por un aspirante, tomándose el tiempo medio de las dos mediciones.
1.4. Intentos: Se efectuará un solo intento.
1.5. Invalidaciones. Se considerará que no es válida la realización:
a) Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante se apoyara para descansar o
tomara impulso en algún lugar de la pileta como corcheras o bordes.
b) Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante toque o descanse con los
pies en el fondo.
c) Cuando realice en su totalidad la prueba en inmersión.
d) Cuando realice un mismo aspirante dos salidas falsas.
e) Cuando no finalice la prueba en la misma calle de salida.
f) Cuando utilice cualquier elemento auxiliar que aumente velocidad, flotabilidad,
etcétera, tales como manoplas, flotadores, aletas, etcétera, admitiéndose gafas y
gorros de baño.
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1. Natación sobre 25 metros