Tres Cantos (BOCM-20210505-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
para los funcionario/as en prácticas establezca la legislación vigente. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaído/as en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario/a en prácticas del Ayuntamiento de Tres Cantos en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto por el correspondiente Tribunal a
tal fin.
11. Curso selectivo de formación
Será requisito indispensable, en cuanto segunda fase del proceso selectivo, superar un
curso selectivo de formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid y cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
Quienes no logren superar el curso selectivo de formación tendrán opción, por una sola
vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria que realizase el Ayuntamiento de Tres Cantos, siempre que la no superación del curso se debiera a motivos involuntarios y debidamente justificados.
En este supuesto, será respetada la calificación definitiva obtenida en la fase de oposición pero se perderán los derechos hasta entonces adquiridos si en esta segunda ocasión no
se supera el curso selectivo. Si por el contrario se superase el curso de formación, el escalafonamiento tendrá lugar con la nueva promoción con la que efectivamente se supere el curso, y para la obtención de la calificación definitiva del proceso de selección se considerará
la calificación que en su día obtuvo en la fase de oposición y la correspondiente al curso selectivo, sin perjuicio de la necesidad de superar el correspondiente período de prácticas.
El curso selectivo de formación será calificado de 0 a 10 puntos, en la forma que determine la Comunidad de Madrid, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
La calificación definitiva que el Tribunal Calificador otorgue a los aspirantes en el curso selectivo de formación coincidirá con la calificación efectuada por el Centro de Formación.
12. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración de 6 meses, se realizarán
prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a la
categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal, como “apto/a” o “no apto/a”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y las destrezas
profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial, así como otros
factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros y el cumplimiento de órdenes.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombramiento como
funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el curso selectivo de formación como
el período de prácticas.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición libre y la correspondiente al curso selectivo de
formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación (COP × 0,40) + (CS × 0,60)
donde COP es la calificación obtenida en la fase de concurso oposición y CS es la calificación
obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este se
resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose
BOCM-20210505-60
13. Calificación definitiva del proceso de selección
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
para los funcionario/as en prácticas establezca la legislación vigente. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaído/as en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario/a en prácticas del Ayuntamiento de Tres Cantos en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto por el correspondiente Tribunal a
tal fin.
11. Curso selectivo de formación
Será requisito indispensable, en cuanto segunda fase del proceso selectivo, superar un
curso selectivo de formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid y cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
Quienes no logren superar el curso selectivo de formación tendrán opción, por una sola
vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria que realizase el Ayuntamiento de Tres Cantos, siempre que la no superación del curso se debiera a motivos involuntarios y debidamente justificados.
En este supuesto, será respetada la calificación definitiva obtenida en la fase de oposición pero se perderán los derechos hasta entonces adquiridos si en esta segunda ocasión no
se supera el curso selectivo. Si por el contrario se superase el curso de formación, el escalafonamiento tendrá lugar con la nueva promoción con la que efectivamente se supere el curso, y para la obtención de la calificación definitiva del proceso de selección se considerará
la calificación que en su día obtuvo en la fase de oposición y la correspondiente al curso selectivo, sin perjuicio de la necesidad de superar el correspondiente período de prácticas.
El curso selectivo de formación será calificado de 0 a 10 puntos, en la forma que determine la Comunidad de Madrid, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
La calificación definitiva que el Tribunal Calificador otorgue a los aspirantes en el curso selectivo de formación coincidirá con la calificación efectuada por el Centro de Formación.
12. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración de 6 meses, se realizarán
prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a la
categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal, como “apto/a” o “no apto/a”, a la vista del informe razonado que habrá de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y las destrezas
profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial, así como otros
factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros y el cumplimiento de órdenes.
Para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombramiento como
funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el curso selectivo de formación como
el período de prácticas.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición libre y la correspondiente al curso selectivo de
formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación (COP × 0,40) + (CS × 0,60)
donde COP es la calificación obtenida en la fase de concurso oposición y CS es la calificación
obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, este se
resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose
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13. Calificación definitiva del proceso de selección