Madrid número 32 (BOCM-20210505-119)
Ejecución 73/2021
3 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
ta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER número de cuenta 28050000-64-0073-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
Diligencia de ordenación
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ
En Madrid, a veintiuno de abril de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 12/03/2021, a la empresa DEMOLITION ENGINEERING KFT en favor del/de los demandante/s D./Dña. LUIS MIGUEL GARCÍA DURÁN y, previo a su
resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado
de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 4 - 28008, el día 02/06/2021, a las 10:15 horas,
que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que
deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte
demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición,
en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
Examinadas las actuaciones, se acuerda citar a juicio a la empresa demandada por medio de edicto que se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con
la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán fijando copia de la resolución o
de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las de los autos,
sentencias o decreto que pongan fin al procedimiento, resuelvan un incidente o se trate de
un emplazamiento.
El CGPJ ha aprobado una “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en
sedes judiciales” en la que se recomienda el mantenimiento de una distancia interpersonal
de seguridad de al menos 2 metros. Desde el Juzgado Decano de Madrid, se han dictado
acuerdos gubernativos orientados a evitar contagios y la propagación del coronavirus, así
como a la adopción de medidas organizativas que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.
Se informa a las partes que existe un aforo limitado en el acceso a los Juzgados, siendo necesario citación judicial previa y que deberán cumplir cuantas disposiciones establezcan el personal de seguridad del edificio. Deberán ser puntuales y acudir dotados de los
EPIS necesarios, siendo obligatorio el uso de mascarilla.
Es preciso en la medida de lo posible evitar el riesgo de aglomeraciones en la sede judicial, para lo cual resulta necesario, entre otras cosas, reducir los tiempos innecesarios de
espera entre señalamientos. Para lograr ese objetivo resulta necesario favorecer que el desarrollo de los mismos pueda realizarse de la manera lo más ágil posible, y a tal fin y con
amparo en el artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se requiriere a
las partes para que con una antelación mínima de 5 días al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210505-119
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 106
ta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER número de cuenta 28050000-64-0073-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
Diligencia de ordenación
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ
En Madrid, a veintiuno de abril de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 12/03/2021, a la empresa DEMOLITION ENGINEERING KFT en favor del/de los demandante/s D./Dña. LUIS MIGUEL GARCÍA DURÁN y, previo a su
resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado
de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 4 - 28008, el día 02/06/2021, a las 10:15 horas,
que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que
deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte
demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición,
en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
Examinadas las actuaciones, se acuerda citar a juicio a la empresa demandada por medio de edicto que se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con
la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán fijando copia de la resolución o
de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las de los autos,
sentencias o decreto que pongan fin al procedimiento, resuelvan un incidente o se trate de
un emplazamiento.
El CGPJ ha aprobado una “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en
sedes judiciales” en la que se recomienda el mantenimiento de una distancia interpersonal
de seguridad de al menos 2 metros. Desde el Juzgado Decano de Madrid, se han dictado
acuerdos gubernativos orientados a evitar contagios y la propagación del coronavirus, así
como a la adopción de medidas organizativas que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.
Se informa a las partes que existe un aforo limitado en el acceso a los Juzgados, siendo necesario citación judicial previa y que deberán cumplir cuantas disposiciones establezcan el personal de seguridad del edificio. Deberán ser puntuales y acudir dotados de los
EPIS necesarios, siendo obligatorio el uso de mascarilla.
Es preciso en la medida de lo posible evitar el riesgo de aglomeraciones en la sede judicial, para lo cual resulta necesario, entre otras cosas, reducir los tiempos innecesarios de
espera entre señalamientos. Para lograr ese objetivo resulta necesario favorecer que el desarrollo de los mismos pueda realizarse de la manera lo más ágil posible, y a tal fin y con
amparo en el artículo 82.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se requiriere a
las partes para que con una antelación mínima de 5 días al acto del juicio aporten la totalidad de la prueba documental y pericial de la que pretendan valerse, en soporte preferiblemente informático.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210505-119
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID