Arroyomolinos (BOCM-20210504-54)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 105

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021

Pág. 173

BOCM-20210504-54

la facultad de avocación basándose en la presente resolución, sin necesidad de una nueva
resolución expresa en este sentido.
Noveno.—La delegación especial conferida a don Juan Carlos García González la
ejercerá en régimen de dedicación parcial, al 75 por 100 de jornada y retribuciones, con los
derechos y obligaciones que le corresponden.
Décimo.—La delegación especial conferida a doña María Begoña González Rodríguez la ejercerá en régimen de dedicación exclusiva, con los derechos y obligaciones que
le corresponden.
Undécimo.—Esta resolución será notificada a los interesados para su aceptación, informándolos de que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del ROF, la delegación
se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no realizan ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano
delegante; y remitida para su publicación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento: (https://sedeelectronica.ayto-arroyomolinos.org/GDCarpeta Ciudadano/
Tablon.do?action=verAnuncios).
Todo ello sin perjuicio de la efectividad del presente Decreto desde el día siguiente al
de su emisión, en lo que resulte procedente.
Duodécimo.—En lo relativo a los dispositivos “noveno” y “décimo”, el señor García
González y la señora González Rodríguez, respectivamente, deberán aceptar expresamente su sometimiento al régimen que en cada caso les corresponda, como condición necesaria
para la efectividad de su adscripción a uno u otro régimen.
Decimotercero.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.4 del ROF y comunicarla, en extracto, a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de
Madrid.
Decimocuarto.—Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante esta alcaldesa en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca su notificación
o publicación, según los casos. Alternativamente podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional en el plazo de dos
meses, contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera
otros recursos que estimen procedentes.
Arroyomolinos, a 20 de abril de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Ana Millán Arroyo.
(03/14.285/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791