Arroyomolinos (BOCM-20210504-54)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 105

2. Contratación:
— Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
contratación y compras.
— Supervisión y coordinación de la contratación municipal.
— Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
— Seguimiento y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación
con las áreas y concejalías competentes.
— Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
3. Atención al Ciudadano:
— Impulsar y liderar proyectos e iniciativas cuyo objetivo sea la modernización de
los servicios municipales.
— Colaborar con la concejalía de Comunicaciones en el desarrollo de programas de
gestión y procedimientos telemáticos que permitan ofrecer a los ciudadanos un
servicio más eficaz.
— Crear, coordinar y supervisar la gestión de las oficinas de Atención al Ciudadano.
— Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
atención al ciudadano.
— Coordinación, de forma transversal con todas las áreas y concejalías, de las quejas,
reclamaciones y sugerencias presentadas por los ciudadanos en relación con los
servicios municipales que prestan las mismas.
— Desarrollar, dirigir y ejecutar el modelo de atención al ciudadano definido por el
gobierno municipal centralizando las acciones necesarias con todas las concejalías.
Quinto.—Conferir delegación especial, que comportará, en general, la dirección interna y la gestión de los servicios propios, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros a doña María Begoña González Rodríguez, concejala
del equipo de gobierno, en materia de Igualdad e Integración Social, en concreto:
— Coordinación y gestión de la unidad administrativa que integra el área de Igualdad
e Integración Social.
— Propuesta, ejecución y seguimiento de las directrices de política municipal en relación con la materia de Igualdad, así como proponer y ejecutar los programas de
actuación en esta materia.
— Dirigir la política municipal en materia de igualdad y desarrollo de un Plan de
Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
— Fomentar, coordinar y ejecutar las estrategias y programas de actividades tendentes a conciliar la vida personal, laboral y familiar de mujeres y hombres.
— Fomentar, coordinar y ejecutar los programas y actuaciones de prevención en materia de violencia de género.
— Promover el desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la integración de las personas inmigrantes del municipio, en colaboración con la concejalía de Política
Social.
— Promover el desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la integración de las personas con discapacidad del municipio, en colaboración con la concejalía de Política Social.
Sexto.—Con carácter general corresponderá a los concejales-delegados de cada Área:
— Impulso de los expedientes de contratación de toda clase de su competencia, así
como el de todas las incidencias relacionadas con ellos.
— Inspección y control de la ejecución de los contratos correspondientes a su ámbito
de competencia, sin perjuicio de las atribuciones del responsable del contrato y de
las atribuidas al órgano de contratación.
— Incoación, tramitación y propuesta de resolución de cuantos expedientes le sean
propios.
— Elevar al Pleno y a la Junta de Gobierno Local las propuestas de resolución de los
asuntos que le corresponden en el ámbito de las competencias de su Concejalía.
Séptimo.—Los concejales-delegados responden de su gestión directamente ante la alcaldesa.
Octavo.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del
concejal-delegado, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria. A estos efectos se entenderá ejercitada

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