D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210503-3)
Convenio – Convenio de colaboración de 14 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “La Paz”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario “La Paz” (IdiPAZ)
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BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 104
Tercera
Compromiso de las partes
1. Las entidades integrantes del IdiPAZ pondrán a disposición del cumplimiento de
este convenio los espacios e infraestructuras relacionados en el Anexo II, manteniendo la
titularidad sobre los mismos.
2. Los bienes que se pongan a disposición de los investigadores del IdiPAZ al amparo de este convenio, o los adquiridos en un momento posterior con la financiación de cada
una de las entidades integrantes, se reflejarán en un inventario que se mantendrá actualizado y que especificará la entidad a la que, en cada caso, corresponda la titularidad de aquéllos. Con carácter general y salvo acuerdo específico, cada entidad asumirá los gastos de
mantenimiento y conservación de los bienes de su titularidad.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del IdiPAZ serán por cuenta de las entidades firmantes de este convenio, de forma que éstas sostendrán los gastos correspondientes a las estructuras que cada una de las entidades pongan a disposición del IdiPAZ. La suscripción de este convenio no genera gasto ni incremento del que ya tienen imputado, y que
es actualmente soportado por las citadas entidades, con cargo a sus correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
4. El Consejo Rector, a iniciativa del/de la Director/a Científico/a, propondrá a las
entidades integrantes la aprobación de los gastos de funcionamiento que se dediquen a los
objetivos de este convenio. En la medida en que esta financiación se obtenga a través de actividades científicas financiadas por las distintas agencias públicas o privadas, parte de esta
financiación podrá destinarse a aportar recursos que garanticen el funcionamiento del IdiPAZ en función de las necesidades requeridas para ofrecer el servicio de apoyo adecuado a
los investigadores vinculados a IdiPAZ.
5. Las partes se comprometen a mantener esta participación en el IdiPAZ, con pleno
ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, a través de sus órganos de
gobierno y a contribuir a la consecución de los objetivos del IdiPAZ recogidos en la cláusula quinta de este convenio.
Cuarta
Financiación
El presente convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid, ni de él se derivan derechos ni obligaciones de contenido económico para ninguna de las administraciones participantes, más allá de los actualmente soportados por las mismas con cargo a sus
correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
Quinta
El IdiPAZ lleva a cabo actividades de investigación en las áreas de investigación recogidas en la cláusula sexta, potenciando la colaboración y cooperación con otros centros
y grupos de investigación con el fin de:
— Fomentar la investigación de calidad básica, clínica, epidemiológica y de servicios de salud.
— Favorecer y desarrollar programas y proyectos de investigación o formación de investigadores, con especial atención a la formación científica de profesionales en metodología de la investigación y a las necesidades del ámbito de la Atención Primaria.
— Velar por la calidad, la ética y los principios deontológicos de la investigación.
— Promover la participación de sus grupos de investigación en estructuras estables
de investigación cooperativa.
— Promover la colaboración entre los investigadores y los grupos de investigación
que pertenecen a las distintas entidades integrantes del IdiPAZ y fomentar la colaboración con otras instituciones y entidades nacionales e internacionales.
— Fomentar el uso eficiente de sus recursos e infraestructuras.
— Promover la traslación de los resultados:
• A la sociedad y al sistema sanitario, trasladando el conocimiento generado de
su actividad a la práctica clínica.
• A la comunidad científica, difundiendo su actividad a través de las publicaciones generadas y las memorias científicas del instituto.
• Al sistema económico fomentando la innovación y la transferencia de resultados.
BOCM-20210503-3
Objetivos
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 104
Tercera
Compromiso de las partes
1. Las entidades integrantes del IdiPAZ pondrán a disposición del cumplimiento de
este convenio los espacios e infraestructuras relacionados en el Anexo II, manteniendo la
titularidad sobre los mismos.
2. Los bienes que se pongan a disposición de los investigadores del IdiPAZ al amparo de este convenio, o los adquiridos en un momento posterior con la financiación de cada
una de las entidades integrantes, se reflejarán en un inventario que se mantendrá actualizado y que especificará la entidad a la que, en cada caso, corresponda la titularidad de aquéllos. Con carácter general y salvo acuerdo específico, cada entidad asumirá los gastos de
mantenimiento y conservación de los bienes de su titularidad.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del IdiPAZ serán por cuenta de las entidades firmantes de este convenio, de forma que éstas sostendrán los gastos correspondientes a las estructuras que cada una de las entidades pongan a disposición del IdiPAZ. La suscripción de este convenio no genera gasto ni incremento del que ya tienen imputado, y que
es actualmente soportado por las citadas entidades, con cargo a sus correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
4. El Consejo Rector, a iniciativa del/de la Director/a Científico/a, propondrá a las
entidades integrantes la aprobación de los gastos de funcionamiento que se dediquen a los
objetivos de este convenio. En la medida en que esta financiación se obtenga a través de actividades científicas financiadas por las distintas agencias públicas o privadas, parte de esta
financiación podrá destinarse a aportar recursos que garanticen el funcionamiento del IdiPAZ en función de las necesidades requeridas para ofrecer el servicio de apoyo adecuado a
los investigadores vinculados a IdiPAZ.
5. Las partes se comprometen a mantener esta participación en el IdiPAZ, con pleno
ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, a través de sus órganos de
gobierno y a contribuir a la consecución de los objetivos del IdiPAZ recogidos en la cláusula quinta de este convenio.
Cuarta
Financiación
El presente convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid, ni de él se derivan derechos ni obligaciones de contenido económico para ninguna de las administraciones participantes, más allá de los actualmente soportados por las mismas con cargo a sus
correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
Quinta
El IdiPAZ lleva a cabo actividades de investigación en las áreas de investigación recogidas en la cláusula sexta, potenciando la colaboración y cooperación con otros centros
y grupos de investigación con el fin de:
— Fomentar la investigación de calidad básica, clínica, epidemiológica y de servicios de salud.
— Favorecer y desarrollar programas y proyectos de investigación o formación de investigadores, con especial atención a la formación científica de profesionales en metodología de la investigación y a las necesidades del ámbito de la Atención Primaria.
— Velar por la calidad, la ética y los principios deontológicos de la investigación.
— Promover la participación de sus grupos de investigación en estructuras estables
de investigación cooperativa.
— Promover la colaboración entre los investigadores y los grupos de investigación
que pertenecen a las distintas entidades integrantes del IdiPAZ y fomentar la colaboración con otras instituciones y entidades nacionales e internacionales.
— Fomentar el uso eficiente de sus recursos e infraestructuras.
— Promover la traslación de los resultados:
• A la sociedad y al sistema sanitario, trasladando el conocimiento generado de
su actividad a la práctica clínica.
• A la comunidad científica, difundiendo su actividad a través de las publicaciones generadas y las memorias científicas del instituto.
• Al sistema económico fomentando la innovación y la transferencia de resultados.
BOCM-20210503-3
Objetivos