D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210503-3)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “La Paz”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario “La Paz” (IdiPAZ)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 104

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021

Pág. 37

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
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CONVENIO de colaboración de 14 de abril de 2021, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la
Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “La Paz”,
para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del
Hospital Universitario “La Paz” (IdiPAZ).

De una parte, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad (en adelante, Consejería), representada por D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta
de la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que
se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados
procedimientos y el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado
por D. Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director
General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado por Decreto 90/2020, de 7 de octubre,
del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en
uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13
de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en
su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la
competencia en materia de convenios.
De otra parte, la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante, UAM), representada
por su Rector, D. Rafael Garesse Alarcón, nombrado por Decreto 62/2017, de 20 de junio, del
Consejo de Gobierno, y en virtud de la competencia que ostenta conforme al artículo 20.1 de
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 40 m) de los Estatutos de la Universidad Autónoma de Madrid, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de
octubre.
De otra parte, la Universidad Europea de Madrid (en adelante UEM), representada por
el Administrador Único Dawson Investments, debidamente representado por su representante persona física D. Miguel Carmelo García y en virtud de los poderes otorgados en la
escritura de elevación a público de decisiones del socio único y del administrador único
otorgada por la Sociedad Unipersonal Universidad Europea de Madrid, S. L., de fecha 31
de mayo de 2019 ante el Notario de Madrid D. Francisco Miras Ortiz.
De otra parte, la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “La Paz” (en adelante, Fundación), representada por don Rafael Pérez-Santamarina Feijoo, en su condición de Presidente del Patronato, de acuerdo con lo previsto en los artículos 18.3 y 20 de los Estatutos de la Fundación, cuya constitución fue autorizada mediante
Decreto 190/2003, de 24 de julio.
Reconociéndose todas las partes mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar el presente convenio de colaboración, a tal efecto,

BOCM-20210503-3

REUNIDOS