D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210501-7)
Convenio –  Convenio de 21 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Nacional de Alzhéimer y Otras Demencias (AFADE), para el desarrollo de un programa de humanización de la atención sanitaria a los pacientes con estas patologías
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 103

Tercero
Que a la Consejería de Sanidad, a través del órgano directivo competente en materia
de humanización y atención al paciente, le corresponde el ejercicio de las funciones de promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la
humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en los
diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial, según lo previsto en el apartado h) del artículo 5 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Cuarto
Que la Consejería de Sanidad apuesta por ofrecer a los ciudadanos un sistema sanitario cercano que, sin aminorar su calidad científico-técnica, ponga al paciente como eje del
sistema sanitario y dé respuesta a sus necesidades de una manera integral.
Quinto
Que el Servicio Madrileño de Salud es un ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 12/2001, de 21 de diciembre, teniendo entre sus funciones la gestión
de los centros, servicios y establecimientos sanitarios dependientes del mismo, de conformidad
con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece su régimen jurídico
y de funcionamiento. Asimismo, el artículo 4.a) de este Decreto recoge entre los fines del Servicio Madrileño de Salud la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Sexto
Que la disposición adicional segunda del Decreto 24/2008, de 3 de abril, recoge los
centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud.
Séptimo
Que la Asociación Nacional de Alzhéimer y otras Demencias (en adelante, AFADE)
es una entidad sin ánimo de lucro, cuyos fines sociales son, entre otros, promover la atención socio sanitaria de pacientes con alzhéimer y otras demencias, facilitar el apoyo y asistencia a estos pacientes y sus familiares en todos los aspectos de la enfermedad y promover
acciones de voluntariado.
Octavo
Que el incremento de la población envejecida ha provocado la aparición de enfermedades ligadas a la edad, entre las que destacan las demencias. Se presentan como un síndrome clínico plurietiológico que provoca un deterioro persistente de las funciones mentales
superiores respecto al nivel previo y conlleva una incapacidad funcional.
Por otro lado, estas enfermedades son la primera causa de incapacidad en mayores
de 65 años y requiere de un abordaje sanitario integral que tenga en cuenta tanto la necesidad de atención y seguimiento sanitario como el impacto que ocasiona al paciente y los familiares que le cuidan.

Que los profesionales que atienden a los pacientes con dichas patologías ponen de manifiesto que en muchas ocasiones se producen dificultades para trasladar al paciente a las
consultas de seguimiento de su enfermedad. Las horas de espera por el traslado en ambulancia, en la sala de consulta y su retorno les ocasiona frecuentemente ansiedad, agitación
y desorientación.
A ello hay que añadir que la crisis sanitaria actual aconseja establecer procedimientos
de atención sanitaria no presencial que contribuyan a mantener la calidad de la asistencia.
Por todo ello, se considera conveniente el desarrollo del “Programa de humanización
de la atención sanitaria de los pacientes con alzhéimer y otras demencias” que permite realizar un seguimiento médico a través de telemedicina.

BOCM-20210501-7

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