D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210501-4)
Convenio –  Convenio de 15 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Justicia, Interior y Víctimas) y el Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.000.000 de euros para la prestación del turno de oficio en el ejercicio 2021
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BOCM

SÁBADO 1 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 103

Sexto
Que la celebración del presente Convenio es autorizado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 3º de la citada Ley 2/1995, de 8
de marzo.
Séptimo
Que el artículo 5.3 de la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la
Comunidad de Madrid, así como la normativa legal vigente, faculta a éstos y a sus Consejos Generales a celebrar convenios con la Comunidad de Madrid para la realización de actividades de interés común y para la promoción de actuaciones orientadas a la defensa del
interés público.
Octavo
Que la Procura, como ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales, es una
profesión libre, independiente y colegiada que tiene como principal misión la representación técnica de quienes sean parte en cualquier clase de procedimiento, desempeñando
cuantas funciones y competencias le atribuyan las leyes procesales en orden a la mejor
administración de justicia, a la correcta sustanciación de los procesos y a la eficaz ejecución de las sentencias y demás resoluciones que dicten los juzgados y tribunales.
Noveno
Que el Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España es un ente corporativo superior, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar que asume
competencias de representación, consultivas, de coordinación y de dirección, y le es reconocida la competencia de firmar cuantos convenios pudieran ser de interés.
Décimo
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, el Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España actúa como entidad colaboradora, teniendo el carácter de beneficiario, en virtud del
artículo 11 de la misma norma, el Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid.
Undécimo
Que la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el año 2019 (que se encuentran prorrogados para el año 2021 mediante el
Decreto 122/2020, del 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno), ha previsto un crédito
de un millón de euros (1.000.000 de euros) en favor del Consejo General de Procuradores
de los Tribunales de España para el turno de oficio, a tenor de los criterios establecidos en
el punto cuarto del presente convenio.
Duodécimo
Que, conforme a lo previsto en los artículos 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta subvención se articulará mediante un convenio en el
que se establecerán las condiciones particulares y obligaciones que regularán dicha subvención.
Que esta subvención se rige por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en el Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, y en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas en la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo expuesto, ambas partes otorgan y suscriben el presente convenio, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 3º de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 16, 22.2.c) y 28 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, justificado por razones de interés público, que se desarrollará con arreglo a las siguientes

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