Madrid (BOCM-20210430-72)
Régimen económico. Distrito de Ciudad Lineal. Extracto convocatoria subvenciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
Pág. 247
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Ciudad Lineal
Extracto del Decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Ciudad Lineal, por el que se aprueba la Convocatoria ordinaria de Subvenciones de Fomento del
Asociacionismo para la anualidad 2021 y Convocatoria anticipada para la anualidad 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos, aprobada por Acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada
por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del
asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito financiando gastos de mantenimiento se sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler y gastos de funcionamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la
entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, de 30
de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31
de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.
Convocatoria 2021:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 53.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 37.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 16.000,00 euros.
Convocatoria anticipada 2022:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 58.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 40.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 18.000,00 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias
BOCM-20210430-72
BDNS (Identif.): 559262 y 559266
B.O.C.M. Núm. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE ABRIL DE 2021
Pág. 247
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Ciudad Lineal
Extracto del Decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Ciudad Lineal, por el que se aprueba la Convocatoria ordinaria de Subvenciones de Fomento del
Asociacionismo para la anualidad 2021 y Convocatoria anticipada para la anualidad 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos, aprobada por Acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada
por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del
asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito financiando gastos de mantenimiento se sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler y gastos de funcionamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la
entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, de 30
de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31
de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.
Convocatoria 2021:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 53.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 37.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 16.000,00 euros.
Convocatoria anticipada 2022:
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 58.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 40.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 18.000,00 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Convocatoria ordinaria 2021: el plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias
BOCM-20210430-72
BDNS (Identif.): 559262 y 559266